IT días naturales o laborables

Novata80

Nuevo miembro
Buenos días,

cuando calculamos la Base Reguladora para el pago de una IT dividimos la Base de Cotización entre 30 días en caso de que el trabajador tenga el salario mensual o entre los días naturales en caso de que tenga salario diario. Esto es correcto?

Y a la hora de pagar, se paga siempre el número de días naturales del mes? o si es un trabajador con salario mensual se le pagan solamente 30 días de IT?

Gracias
Un saludo
 

fundación

Miembro conocido
Norma general:  Es el resultado de dividir el importe de la base de cotización del trabajador en el mes anterior al de la fecha de iniciación de la incapacidad por el número de días a que dicha cotización se refiere (este divisor será concretamente: 30, si el trabajador tiene salario mensual; 30, 31 ó 28, 29 si tiene salario diario).

Se abonará durante los días naturales en que el interesado se encuentre en la situación de incapacidad temporal
 
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