Hola a todos. Este es el caso: trabajador en ERTE (suspensión total) en empresa con ERTE prorrogado desde el 01/10/2020 por formar parte de la cadena de valor (bonificación 85%) que comenta que va a ir al médico a que le den la baja. En este caso sé que prevalece el ERTE frente a la IT y el SEPE, por delegación del INSS, le pagará la prestación por IT en la misma cuantía que la prestación por desempleo, con el consumo correspondiente de días de prestación.
Pero no es esta la cuestión: la Empresa tiene previsto desafectarle varios días ya que ha surgido un trabajo puntual y el trabajador ha comentado que una vez esté desafectado, o sea, fuera del ERTE, será cuando aproveche para ir al médico para que le den la baja ya que de esta manera cobrará más.
Si fuera así ¿en qué medida afectaría a la Empresa? Entiendo que debería tratar la IT normalmente, al margen del ERTE, no?: pago de los 15 primeros días (3 primeros a cargo del la Empresa por convenio) y a partir del 16 como pago delegado del INSS deduciéndose dicha prestación en sus seguros sociales. Si fuera así el trabajador sí cobraría más ya que su base de cotización es bastante alta y no tendría el límite de los 1.098,09 (sin hijos a cargo) de la prestación por desempleo. Por otro lado la empresa ya no podría bonificarse la cotización de este trabajador al hacer sido desafectado quedando fuera del ERTE mientras dure la IT, no es así? Y, finalizada la IT, habría algún problema para que volviera al ERTE?
En fin, que me surgen muchas dudas. Interesa saber sobre todo en qué se vería perjudicada (o no) la Empresa en caso de que el trabajador pida la baja un día en que esté desafectado. Se agradece cualquier comentario. Muchas gracias y un saludo.
Pero no es esta la cuestión: la Empresa tiene previsto desafectarle varios días ya que ha surgido un trabajo puntual y el trabajador ha comentado que una vez esté desafectado, o sea, fuera del ERTE, será cuando aproveche para ir al médico para que le den la baja ya que de esta manera cobrará más.
Si fuera así ¿en qué medida afectaría a la Empresa? Entiendo que debería tratar la IT normalmente, al margen del ERTE, no?: pago de los 15 primeros días (3 primeros a cargo del la Empresa por convenio) y a partir del 16 como pago delegado del INSS deduciéndose dicha prestación en sus seguros sociales. Si fuera así el trabajador sí cobraría más ya que su base de cotización es bastante alta y no tendría el límite de los 1.098,09 (sin hijos a cargo) de la prestación por desempleo. Por otro lado la empresa ya no podría bonificarse la cotización de este trabajador al hacer sido desafectado quedando fuera del ERTE mientras dure la IT, no es así? Y, finalizada la IT, habría algún problema para que volviera al ERTE?
En fin, que me surgen muchas dudas. Interesa saber sobre todo en qué se vería perjudicada (o no) la Empresa en caso de que el trabajador pida la baja un día en que esté desafectado. Se agradece cualquier comentario. Muchas gracias y un saludo.