JORNADA A TIEMPO PARCIAL MÍNIMA IMPUESTA POR CONVENIO

mafaldasur

Nuevo miembro
Buenos días,

El CC de clínicas privadas impone que el CTP tendrá una jornada mínima del 33% respecto de la máxima, eso es +/-12h/semana.

Tenemos el caso de ortodoncistas que pasan consulta una tarde 5 horas/semana y la limpiadora, que trabaja 8 horas/semana. Ambos por debajo de este mínimo impuesto por el Convenio, con su registro de jornada etc. y justificación que incluso tienen otros trabajos.

Se os ha dado el caso de incidencias con Cotización o Inspección y en su caso como se ha resuelto.

Si me podeis en la pista de otros CC que impongan este mínimus, para rastrear la jurisprudencia/doctrina, que no me sale este caso exacto.

Gracias compis!
 

BSK

Miembro activo
mafaldasur dijo:
Buenos días,

El CC de clínicas privadas impone que el CTP tendrá una jornada mínima del 33% respecto de la máxima, eso es +/-12h/semana.

Tenemos el caso de ortodoncistas que pasan consulta una tarde 5 horas/semana y la limpiadora, que trabaja 8 horas/semana. Ambos por debajo de este mínimo impuesto por el Convenio, con su registro de jornada etc. y justificación que incluso tienen otros trabajos.

Se os ha dado el caso de incidencias con Cotización o Inspección y en su caso como se ha resuelto.

Si me podeis en la pista de otros CC que impongan este mínimus, para rastrear la jurisprudencia/doctrina, que no me sale este caso exacto.

Gracias compis!

Yo llamaría a la Comisión negociadora del convenio y que te digan el trámite para descolgarte de esa cláusula. Si no hay trámite y se muestran inflexibles, dales tu número de cuenta bancaria para que ellos te ingresen las diferencias de importe de cotización entre lo que tu necesitas y lo que dice el convenio.
 

Marcos N

Miembro activo
Estoy de acuerdo con BSK. Eso sencillamente es limitar ilegalmente el campo de acción a las empresas y trabajadores.
 

Cachilipox

Miembro conocido
No será el primer convenio que recoje una cláusula nula. A veces las comisiones negociadoras se ponen estupendísimos y pretenden eregirse en órgano legislativo, sin serlo ni parecerlo.

Entiendo que el "espíritu" de esa norma convenial sea evitar la coexistencia de trabajadores con jornadas ínfimas en la misma empresa donde existan otros trabajadores "normales", estableciendo una ratio máxima de 1:3 en las duraciones de jornada.
Como principio general, al igual que otras cláusulas del mismo estilo sobre ratios salariales, etc, puede ser válida. Una "intención".
Que de ahí se pueda deducir un "mandato" con mayor peso que las normas legales vigentes.....

Además, tal y como parece estar redactada esa cláusula, es claramente interpretable, ya que "jornada máxima" se puede referir tanto a jornada diaria, como a jornada semanal como a jornada anual.

Si valoramos el cumplimiento de esa ratio de duración de jornada 1:3 respecto de la máxima, querría decir que un trabajador cuya asistencia al puesto de trabajo fuese requerido un día concreto y no todos los laborables de la semana, debería trabajar 1/3 del horario máximo diario. O sea, en unos horarios de jornada según ET, estariamos hablando que un trabajador de 1 día a la semana (el ortodoncista por ejemplo) debiera tener un horario de al menos 2,4 horas, ya que su jornada es de un día a la semana. La limpiadora, que acude 8 horas semanales, debiera realizar ese horario en máximo 3 días laborales (mínimo de 7,2 horas), y cumpliría la ratio 1:3. Etc etc.
 

fundación

Miembro conocido
Creo recordar que el convenio de residencias y ayuda domiciliaria también regula algo sobre jornada mínima en TP.
 
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