Jornada máxima anual

Alfonso

Nuevo miembro
Buenas tardes:
Tengo una duda y me interesa vuestra opinión sobre la jornada máxima anual en el convenio de comercio del metal de Madrid.
En él se establece que la jornada máxima anual es de 1778 horas con 8 horas para asuntos propios. Mi pregunta es la siguiente: Se tienen como trabajadas las horas que se utilizan, por ejemplo, para ir al médico, si tiene que ir al colegio del hijo, etc.?, estos permisos no vienen en el convenio como retribuidos. Como controlais vosotros estas horas para luego que disfruten de los excesos de horas?

Muchas gracias por vuestras respuestas.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Vamos a ver; las licencias retribuidas legales contarán como si fueran efectivamente trabajadas. Las horas de médico, como no están reguladas, sí se pueden descontar de la jornada máxima anual.
 
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