Jornadas diarias de 12 horas o más

pajarillo

Miembro conocido
El decreto sobre jornadas especiales de trabajo establece en su artículo 22 http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rd1561-1995.html#a22 la posibilidad de implantar jornadas diarias de 12 horas o mas en empresas del sector servicios, con la compensacion correspondiente de descanso. Lo estoy entendiendo mal?. Debe tratarse de actividades muy concretas que justifiquen estas jornadas tan prolongadas?. alguien conoce algun caso?.
Evidentemente no me refiero al resto de actividades que regula las jornadas especiales del Rd 1561-1995 (transportistas, actividades del mar, aereas, mineria, etc...) ya que de lo que habla el artículo 22 es lisa y llánamente de empresas de servicios.
 

Mr. White

Miembro activo
Me temo que no dice eso.

Fíjate en el apartado 2.

Lo que viene a decir es que si por la jornada no se puede disfrutar del descanso de 12 horas entre jornadas, el mismo puede reducirse a 9, pero a cambio el trabajador tendrá derecho a descansar mínimo 5 horas en la misma jornada.

Imagina que entra a las 7.00 y sale a las 12.00. Y luego entra a las 19.00 y sale a las 22.00 horas. La jornada sigue siendo de 8 horas, pero no descansa las 12 horas entre jornadas. Si el Convenio lo regula o hay pacto con los RLT, se permitiría esa situación pues habría 9 horas entre jornadas, y además descansaría más de 5 horas en la misma jornada (de 12.00 a 19.00 horas). 
 
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