Un convenio colectivo establece:
"Se establece la jubilación forzosa del trabajador y consiguiente extinción del contrato de trabajo al cumplir los 65 años de edad, SIEMPRE que haya cubierto el período de carencia necesario y cumpla los demás requisitos exigidos por la legislación de seguridad social.
En este último caso y en edades superiores a los 65 años, la jubilación será obligatoria al quedar cubierto el período de carencia."
Mi caso es peculiar, ya que la empresa lo contrató inicialmente cuando el trabajador ya tenía 72 años. Ahora lleva 3 años y la empresa quiere obligarle a jubilarse.¿Qué opináis?
"Se establece la jubilación forzosa del trabajador y consiguiente extinción del contrato de trabajo al cumplir los 65 años de edad, SIEMPRE que haya cubierto el período de carencia necesario y cumpla los demás requisitos exigidos por la legislación de seguridad social.
En este último caso y en edades superiores a los 65 años, la jubilación será obligatoria al quedar cubierto el período de carencia."
Mi caso es peculiar, ya que la empresa lo contrató inicialmente cuando el trabajador ya tenía 72 años. Ahora lleva 3 años y la empresa quiere obligarle a jubilarse.¿Qué opináis?