CERVANTES2019
Miembro
Duda jubilación obligatoria.
Siempre he pensado que la jubilación es voluntaria, pero ayer me pregunta un cliente que tiene el convenio de oficinas y despachos de Madrid. Según este convenio, me da la impresión de que pueden obligar al trabajador siempre que se contrate a alguien indefinido o se transforme un temporal en indefinido.
Lo que pasa es que hablan de la Disposición Adicional Décima del Estatuto de los Trabajadores, y este es el que me mosquea: "Se entenderán nulas y sin efecto las cláusulas de los convenios colectivos que posibiliten la extinción del contrato de trabajo por el cumplimiento por parte del trabajador de la edad ordinaria de jubilación fijada en la normativa de Seguridad Social, cualquiera que sea la extensión y alcance de dichas cláusulas."
¿En qué quedamos?
A ver si alguien me ilumina. Gracias
Siempre he pensado que la jubilación es voluntaria, pero ayer me pregunta un cliente que tiene el convenio de oficinas y despachos de Madrid. Según este convenio, me da la impresión de que pueden obligar al trabajador siempre que se contrate a alguien indefinido o se transforme un temporal en indefinido.
Lo que pasa es que hablan de la Disposición Adicional Décima del Estatuto de los Trabajadores, y este es el que me mosquea: "Se entenderán nulas y sin efecto las cláusulas de los convenios colectivos que posibiliten la extinción del contrato de trabajo por el cumplimiento por parte del trabajador de la edad ordinaria de jubilación fijada en la normativa de Seguridad Social, cualquiera que sea la extensión y alcance de dichas cláusulas."
¿En qué quedamos?
A ver si alguien me ilumina. Gracias