Jubilación Parcial- Jubilación para trabaj 64 años

  • Iniciador del tema juanlab
  • Fecha de inicio
J

juanlab

Guest
Una consulta

Una persona que está jubilado parcialmente, ¿podrá acogerse a la jubilación anticipada a los 64 años?

Un saludo
 

aprendiz

Miembro
Según el art. 16.b) del R.D. 1131/2002:

La jubilación parcial se extingue por:

“El reconocimiento de la jubilación ordinaria o anticipada, en virtud de cualquiera de las modalidades legalmente previstas

Expresamente está contemplada la posibilidad de extinción de la jubilación parcial por pasar a la jubilación anticipada en cualquiera de sus modalidades.

Se entiende que reuniendo los requisitos para acceder a la jubilación a los 64 años es perfectamente factible acceder a ella desde la jubilación parcial.

Saludos.
 
Arriba