Jubilación periodo de carencia

Marisa

Miembro activo
Tengo una persona que no tiene aún los 15 años cotizados, pero como ha tenido 6 hijos, con el reconocimiento de días cotizados por parto sí cumple los 15 años minimo. Mi duda es ¿se cuentan esos días para período mínimo o por el contrario tiene que tener los 15 años independientemente de los días por parto?
Gracias
 

FERNANDO

Miembro conocido
No. Si no ha cotizado durante las 16 semanas después del parto por ser trabajadora después de cada parto se computan para la carencia mínima 112 días. O sea, que si cumple lo dicho 112 * 6 =672 días más.

Son los 270 días los que no computan para carencia mínima, si interrumpes la actividad laboral entre los 9 meses anteriores al nacimiento y la finalización del sexto año del parto.
 
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