Jubilación: periodos cotizados con parcialidad

David Groove

Nuevo miembro
Tengo una duda que por ahora no he podido solucionar:

Pongamos como ejemplo a un trabajador con diversos períodos a tiempo parcial. Según reza la LGSS (resumo):

se computarán exclusivamente las cotizaciones efectuadas en función de las horas trabajadas, tanto ordinarias como complementarias, calculando su equivalencia en días teóricos de cotización:

El número de horas efectivamente trabajadas se dividirá por 5, equivalente diario del cómputo de 1826 horas anuales.
Al número de días teóricos de cotización obtenidos, se aplicará el coeficiente multiplicador de 1,5, resultando de ello el número de días que se considerarán acreditados

La pregunta es: ¿Cómo narices sé cuales son las horas trabajadas? Sé que son las que declara la empresa en el TC2... ¿Pero como puedo tener el nº de horas de diferentes períodos en diferentes empresas si quiero calcular, por ejemplo, la jubilación de mi madre?

En el informe de vida laboral de TGSS vienen las fechas de cotización y el % de parcialidad, y al final ya te dicen los días totales que hay cotizados... Pero eso no son las horas trabajadas. Tanto el INSS como TGSS dicen que es el otro organismo el que lo tiene que facilitar, pero ninguno lo da. ¿Alguien se lo ha encontrado?

Ya sé que la lógica dice que si el VILE dice 100 días cotizados al 50% son 50 días... ¿Pero y si el empresario ha confeccionado mal el TC2 y mientras he estado de alta al 50% ha notificado 12 horas semanales en lugar de 20 por error? ¿Y cuantas semanas tiene un mes de cotización?¿4,33?¿4,2?¿4,5?¿Tiene en cuenta los bisiestos?

A ver por donde discurre el debate  :)
 

javier

Miembro
No te compliques la vida, multiplica los días que aparecen en la vida laboral como a tiempo parcial, por 1,5 esos seran los que te computarán.

Incluso mejor usa el programa de calculo de la seguridad social.

 
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