Jubilacion anticipada a los 64 años.

Juan Miguel

Nuevo miembro
Hola a todos:
Trabajador que llega a los 64 años, ¿puedo transformar en indefinido un contrato en practicas de otro trabajador de la empresa para que el jubilado pueda cobrar el 100% de su pensión?
Tendría que ser un contrato de relevo?
 
J

juanlab

Guest
Buenos días

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rd1194-1985.html

Aquí encontrarás el RD que lo regula, yo entiendo que no, que siempre tienes que contratar a un desempleado inscrito como tal en la Oficina de empleo, un saludo

Salvo mejor opinión
 

Juan Miguel

Nuevo miembro
Entiendo, pero puedo esperar a la finalización del contrato en prácticas, al dia siguiente se inscribe en la oficina de empleo y ese mismo dia le hago un contrato de sustitución sustituyendo al trabajador jubilado y en ese caso si tendría derecho, al menos eso entiendo yo, si no estoy en lo cierto por favor decidmelo.
Tambien he visto que el contrato indefinido en el RD al que aludes en su artículo 5 dice:
"Estímulos a la contratación indefinida.
Si el contrato se celebrase por tiempo indefinido con jóvenes desempleados menores de veintiséis años el empresario cotizará por dicho trabajador, por contingencias comunes al régimen general de la Seguridad Social, aplicando como aportación empresarial el porcentaje del 12 %, durante toda la vigencia del contrato."
Entiendo que podriamos beneficiarnos de esta bonificación ya que el trabajador tiene menos de 26.

Un saludo.


 

CHARO

Miembro conocido
Creó, salvo mejor opinión que no puede haber estado en la empresa dentro de los últimos seis meses con contrato por tiempo determinado.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Considero que se puede dar de baja voluntaria en el contrato en prácticas, apuntarse en el paro y darse de alta luego con un contrato indefinido. Mira la Sentencia del TS 22-9-2006.
 

Juan Miguel

Nuevo miembro
FERNANDO dijo:
Considero que se puede dar de baja voluntaria en el contrato en prácticas, apuntarse en el paro y darse de alta luego con un contrato indefinido. Mira la Sentencia del TS 22-9-2006.

Hola Fernando, entiendo que no tiene porque ser baja voluntaria, como el contrato en prácticas termina despues de que el futuro jubilado cumpla los 64, el trabajador en practicas causará baja no voluntaria, se inscribe como demandante de empleo en el inem y al dia siguiente se le contrata con un contrato indefinido bonificado segun el articulo 5 del RD 1994/85 sustituyendo al jubilado que ese mismo dia causa baja por jubilación. Pero mucho me temo que esta bonificación ya no esta vigente.
 

CHARO

Miembro conocido
Me estaba refiriendo a la Ley 43/2006 para la mejora del crecimiento de empleo en el artículo 6 "Exclusiones", pero no estaba segura que esto le fuera de aplicación, por eso te pongo "salvo mejor opinión".
 
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