jubilacion d ela trabajador

NOEMI

Miembro conocido
Trabajadora que está en ERTE hasta ayer 05/05/2020, ayer la saco del ERTE, no va  a trabajar y le comunica al empresario que el 20 de Abril ha cumplido65 años y que se jubila esa fecha,que decir que ya ha cobrado el paro todo el mes de Abril y todo, ¿Qué hago? la doy ahora de baja en fecha 20 de abril????
 
N

Nana

Guest
Te voy a decir una cosa, VAYA HUEVAZOS tiene la colega. Te juro que ganas me da de decirte que lo arregle ella, ¿no podría esperar a finalizar el ERTE y empezar la jubilación?

Si no ha presentado la documentación al INSS, dile que lo presente con fecha del 06/05 y así se evita tener que devolver la prestación del SEPE

Yo hablaría con el INSS a ver que te dicen, si puedes, claro  ;D

 

BLS

Nuevo miembro
Noe, pues si aplicas a sensu contrario(que bonito me ha quedado) lo que explicaban ayer en el criterio de la DGT, tendrá que devolver todo la trabajadora.
Ahora vete tu a saber si también le dicen a la empresa que debió preveer..... Vamos lo que comentamos del criterio
 

NOEMI

Miembro conocido
asi es BLS, ahora vendrán y dirán, tu asesora que ya sabía que va a cumplir 65 años porque tiene una maravillosa bola de cristal, ahora me devuelves toda la pasta...
 

Fedayn

Miembro
BLS dijo:
Noe, pues si aplicas a sensu contrario(que bonito me ha quedado) lo que explicaban ayer en el criterio de la DGT, tendrá que devolver todo la trabajadora.
Ahora vete tu a saber si también le dicen a la empresa que debió preveer..... Vamos lo que comentamos del criterio

BLS, ¿Te refieres al criterio de la salvaguarda de empleo en el que se hablaba de la jubilación del empresario - persona física? Si no es ese, ¿A cuál te refieres?

Gracias.
 

NOEMI

Miembro conocido
si, creo que si, aunque ese criterio sí permite la jubilación del trabajador, no del empresario, pero ya sabes aquí puede pasar de todooo
 
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