CHARO
Miembro conocido
Hola a todos, tengo el caso de un empresario persona física, de alta desde hace 15 años con 5 trabajadores fijos dedicado a la construcción, que se Jubila el mes que viene. En principio a los trabajadores les correspondería un mes de sueldo por Jubilación del empresario, pero... los trabajadores han informado al empresario que piensan recurrir, porque dicen que antes de ser fijos, estos trabajadores fueron contratados aleatoriamente entre la empresa de este señor que se Jubila y una empresa SL constituida por los hijos de éste, dedicada a la misma actividad, por lo que considerán que se esta manteniendo el mismo negocio por parte de los hijos socios de la SL, que continua en alta. ¿Es realmente esto así?. Gracias por vuestras opiniones.