jubilacion demorada

teamserpent

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El 4% de incremento de la base de jubilación por cada año que esperes a jubilarte entiendo que es un único 4% sobre la base inicial, no un 4% de incremento cada año en la pensión hasta el fín.
 

Elena-Z

Miembro conocido
Para poder beneficiarte de la jubilación demorada es suficiente tener 67 años y 15 cotizados????
Tengo una autónoma que salta de los 70 con 29 cotizados. Y al hacer la simulación no contempla la jubilación demorada. No sé si es porque cuando cumplió 65 esta jubilación no existía (no veo por ningún sitio ese requisito) o si es que simplemente en las simulaciones no se contempla...
 

JVM

Nuevo miembro
Buenas tardes,
Os comento la situación.
Mi padre tiene 70 años y medio y sigue trabajando porque le gusta y quiere. No obstante, esta pensando en jubilarse para agosto/septiembre. El pensaba se incrementaba un 4% por cada año adicional trabajado (en total llevaría un 20% de incremento) pero en teoría la gestoria que le lleva todo le dijo que lo maximo que se podía incrementar eran 3 años, es decir un 12%.
Yo por más que leo en todo los sitios no veo que haya un límite de años y pone claramente que es un 4% adicional por año completo, así que no se si es que mi padre no se enteró bien o es que es así.
Sería importante saberlo porque el en diciembre hace 71 y por una cuestión se dos meses para no desaprovechar otro 4%.
A ver si alguien sabe algo de esto.
Gracias
 

FERNANDO

Miembro conocido
Que se espere, que ese límite de 3 años no existe. El único límite no es ni la pensión máxima. Sino hasta el límite de la base máxima de cotización, en cónputo anual, existente en cada momento.
 

fundación

Miembro conocido
Tal vez se haya confundido la gestoría o interpretado mal tu padre, a raíz de la tercera vía de jubilación demorada del RD 371/2023.
 

JVM

Nuevo miembro
Buenas tardes,
Lo primero mil gracias por vuestras contestaciones.
Comentaros que he llamado yo esta mañana a la gestoría para ver si mi padre se había equivocado y a mi me han vuelto a decir lo mismo.
Según ellos lo máximo es un 12%, es decir 3 años. Yo todavía no sé de dónde se lo sacan porque por más que investigo no consigo ver ese límite.
Os cuento el resumen por si alguno ve lógico lo que dice la gestoría.
Mi padre con 65 años ya tenía más de 40 trabajados. Se podía haber jubilado con 65 con el 100% pero decidió seguir por sé encuentra bien y le gusta su trabajo y es autónomo. Hoy día tiene 70 y sigue al pie del cañón pero parece ser que de esos 5 años de jubilación extra solo le van a dar 3 años de 4% adicional, es decir un 12%.
Yo no encuentro en ningún lado lo que dice la gestoría. Solo veo que es un 4% adicional por año completo trabajado.

Gracias de antemano por contestar.
Un saludo a todos
 

Samuel

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Buenas tardes,

Refloto tema por si me podéis ayudar en el cálculo del porcentaje de la base reguladora en jubilación demorada.

Persona que en marzo de 2024, con 74 años, solicita su jubilación. Tiene cotizados 17 años y medio entre España (10,5 años) y Reino Unido (7 años). Le corresponde un 56,09 % de su base reguladora inicial, hasta ahí bien, que se le incrementa hasta el 64,09% por la demora en la jubilación. De dónde sale ese 64,09%? no es un 4% cada año? o es que hay unos límites? si ha demorado su jubilación pongamos unos 8 años, y el porcentaje a cargo de España es del 60,86%, entiendo que no es tan sencillo como 4x8=32 x 60,86%= 19,4% de incremento a su porcentaje inicial. Habrá unos topes o como en España llega al mínimo de los 15 años gracias a lo cotizado en el extranjero hay más prorratas para ese 4% de demora? En fin, entiendo que no es lo habitual demorar tu jubilación tanto tiempo, pero ya por curiosidad, que además no es el único caso que me llega así.
¿Alguien sabe cómo llegan a ese 64,09% por la demora?

Muchas gracias de antemano.
Saludos
 
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