Juego: cagadas de los convenios

FERNANDO

Miembro conocido
Ejercitemos la mente; se trata de encontrar cláusulas de convenios que consideréies erróneas, diciendo el porqué. A ver si los compañeros están de acuerdo:

Empiezo:

Oficinas y despachos de Catalulnya: dice una cláusula que, si un trabajador falta 3 días seguidos a su puesto de trabajo sin justificar, se entenderá que ha abandonado su puesto de trabajo y, por tanto, baja voluntaria.

ÑEEEEECCCC: fallo: un convenio no puede entrar a dilucidar cuestiones que atañen solamente a la voluntad individual de cada persona.
 

leguleyo

Nuevo miembro
Aunque quizás no es una cagada en sí, yo creo que sí lo es de las partes negociadoras.

-Contact Center.
-Reducción por guarda legal.
-Redacción posterior al 2012 y que no incluye la palabra "diaria" al hablar de la concreción horaria. Goooool en las Gaunas a la patronal!
 

ManuelSM2

Miembro
En el convenio de Comercio Textil de Valencia "se pacta la jubilación obligatoria a los sesenta y cuatro años". Indica que" la jubilación obligatoria prevista en este artículo, responderá a una política de fomento de empleo."

Pues bien, según el supremo incumple el requisito previo de la Disposición Adicional Décima del Estatuto de los Trabajadores: "Se entenderán nulas y sin efecto las cláusulas de los convenios colectivos que posibiliten la extinción del contrato de trabajo por el cumplimiento por parte del trabajador de la edad ordinaria de jubilación fijada en la normativa de Seguridad Social, cualquiera que sea la extensión y alcance de dichas cláusulas."

 

Mr. White

Miembro activo
¿Y esos Convenios de Empresa que pasan de la estructura salarial del Convenio sectorial y se inventan una totalmente diferente?

A la empresa le va a tocar pagar los del sectorial más los pactados en el Convenio de Empresa, pues este último solo tiene prioridad en la cuantía, no en la estructura salarial.

Si el Convenio sectorial dice que hay que pagar Plus Transporte, la empresa tendrá que pagarlo aunque en el de empresa no figure.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Hombre, Mr. White ahí sí que se podría aplicar compensación y absorción sobre conceptos homogéneos (no en cuanto a pluses extra salariales o bien aquellos que hablen de comisiones), pero sí en los que hablan de trabajo por unidad de tiempo, pues aquí estamos comparando dos normas aplicables a una misma empresa.
 

Mr. White

Miembro activo
Si ambos conceptos pagan lo mismo así es Fernando, pero si no pagan lo mismo...

Y es que el espigueo ahora sí está permitido.

https://www.lexa-online.com/publicaciones/SENTENCIA_de_la_Audiencia_Nacional_de_1_12_2014_en_materia_de_ESPIGUEO_EN_CONVENIOS_COLECTIVOS..html

"d) Finalmente tampoco puede el convenio de empresa tener prioridad aplicativa para suprimir el pago de conceptos salariales regulados en el convenio sectorial, dado que la prioridad se refiere únicamente a la cuantía salarial, pero no a la estructura".
 

FERNANDO

Miembro conocido
Bien, buena sentencia. Y además ajustada a derecho (el espigueo se admite, pues la misma ley permite la aplicación de dos convenios simultáneos). Eso sí, no veo que no permita compensacion entre conceptos homogéneos (que retribuyan por unidad de tiempo. Por ejemplo, salario base o plus convenio). Otra cosa diferente sería, por ejemplo, compensar plus de transporte, o bien incentivos, claro está.
 

Mr. White

Miembro activo
Si son homogéneos los conceptos, tendrá prioridad el importe que diga el de Empresa, o sea, no habría compensación realmente, sino que simplemente "manda" el de Empresa, y ello aunque sea más bajo que el que diga el sectorial...
 

FERNANDO

Miembro conocido
Ya, pero imagina algo compleo:

Convenio sector:

Salario base: 1000

Plus convenio: 500


Convenio empresa:

Salario base: 1500

Plus convenio:  0


En este caso, entiendo que todos son conceptos homogéneos, pues ambos: SB y PC, retribuyen trabajo por unidad de tiempo. Entonces, entiendo que un concepto podría compensar al otro. Entiendo, porque con los cambios que estos tíos se meten.....
 

Mr. White

Miembro activo
Yo entiendo que en ese caso podría compensarse (entiendo que el de Empresa en realidad no regula el Plus Convenio - por lo de importe cero-), pero lo digo con la boca pequeña, la verdad, pues hay mucha tela que cortar...
 
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