Juegos de empresa ¿especie cotizable?

BSK

Miembro activo
Hola a todos. En relación a este tema de los conceptos cotizables (pluses de transporte, especie, etc..) a la vista de que hasta el más mínimo regalo que pueda hacer la empresa es retribución en especie (ya verás cuando lleguen las cestas de navidad y las cenas de empresa) ¿Qué opinión tenéis en relación a actividades que pueda realizar la empresa como por ejemplo un paint ball con el objeto de hacer piña, motivación etc...? ¿Sería una retribución en especie porque eso lo disfruta el trabajador o es una actividad interna propia de la actividad empresarial (motivación se entiende)?
 

toni

Miembro conocido
FERNANDO dijo:
En teoría, sí, cotiza.

Es que ya seria la reostia... Vamos a ver, nosostros un buen dia decidimos los viernes cerrar a mediodia para ir a echar unas canastas en unas pistas de baloncesto al lado de la ofi..como dice BSK, para hacer piña (que falta hacia), motivacion o lo que sea. Eso lo vamos a tener que cotizar??? :eek:
 

Nando_bcn

Miembro conocido
si se hace en tiempo de trabajo y se configura como formación  de empresa (por ej. en cierto tipo de habiliades personales o desarrollo de competencias) no veo porqué hacerla cotizar.
Depende que cómo se configure la actividad y sus circunstancias (no vale que me covoquen a un curso de gestión del estres un fin de semana en un balneario de Baden-Baden y toda la actividad realizada sea la propia estancia, con los gastos de viaje incluido, y un pack de trataimiento de aguas termales, masajes, etc,).

Pero si en lugar de ir trabajar, resulta que un viernes me organizan una salida para esa partida de pint-ball, con el objeto, como dices, de "hacer piña", motivación, etc, a una sesión de risoterapia, o de destrucción de aparatos de TV (para descargar tensiónO), etc, puede valer, como actividades formativas o de desarrollo profesional y/o personal de la empresa.
 

toni

Miembro conocido
Es que ya solo faltaria que me pusiera en nomina un concepto en especie "partida basquet viernes tarde" y cotizar y a lo mejor luego me la hacen tributar...
 

BSK

Miembro activo
Nando_bcn dijo:
Pero si en lugar de ir trabajar, resulta que un viernes me organizan una salida para esa partida de pint-ball, con el objeto, como dices, de "hacer piña", motivación, etc, a una sesión de risoterapia, o de destrucción de aparatos de TV (para descargar tensiónO), etc, puede valer, como actividades formativas o de desarrollo profesional y/o personal de la empresa.

Pero por esa misma regla de tres Nando cuando llegue la Navidad en vez de trabajar la tarde de nochebuena  voy a hacer una actividad formativa consistente en "hacer piña" y motivación recibiendo un regalo por parte de la empresa en forma de cesta, y hacer una comida de hermandad, con lo que se regala en la cesta, todo ello dentro del horario de trabajo, eso sí, si sobra algo de la cesta pues habrá que llevárselo a casa, pero todo en horas de trabajo y por cuestiones de motivación. No se, hay algo que no me cuadra.
 

BSK

Miembro activo
toni dijo:
Es que ya solo faltaria que me pusiera en nomina un concepto en especie "partida basquet viernes tarde" y cotizar y a lo mejor luego me la hacen tributar...

Si la partida de basquet la paga la empresa si que debe cotizar. La empresa está pagando con el disfrute de un evento, no es dinero, es un disfrute del que se aprovecha el trabajador. Así está la norma, no me lo invento yo. Que luego no aparece eso en contabilidad por ningún sitio o la factura que paga la empresa dice "invitación a clientes para un evento deportivo", eso será otra cosa, pero si la empresa paga a los trabajadores una cancha y a lo mejor un bocadillo al final, y en la factura figura esto así, eso cotiza.
 

toni

Miembro conocido
No BSK no, en esta caso ni se paga la pista ni se paga un bocadillo, son pistas en un parque de libre disposicion, cerramos antes y nos vamos un rato.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
BSK dijo:
toni dijo:
Es que ya solo faltaria que me pusiera en nomina un concepto en especie "partida basquet viernes tarde" y cotizar y a lo mejor luego me la hacen tributar...

Si la partida de basquet la paga la empresa si que debe cotizar. La empresa está pagando con el disfrute de un evento, no es dinero, es un disfrute del que se aprovecha el trabajador. Así está la norma, no me lo invento yo. Que luego no aparece eso en contabilidad por ningún sitio o la factura que paga la empresa dice "invitación a clientes para un evento deportivo", eso será otra cosa, pero si la empresa paga a los trabajadores una cancha y a lo mejor un bocadillo al final, y en la factura figura esto así, eso cotiza.

Lo de la cesta yo creo que, como tal, tiene todas las de que te lo hagan cotizar.
Ahora, la imaginación o picardía de cada empresa para tratar de vestirla de otra cosa...
Al final, como alguien ha apuntado, todo dependerá en buena parte de cómo se contabilice y facture cada cosa. Si existen facturas en las que se evidencia la compra de x lotes de Navidad ...
Ahora, si alguien lo viste de comida de trabajo (y, además, no se devengan en ese días otros concprtos incompatbles, como vales-comida, dietas...) y resulta que esa comida consiste básicamente en turrones, cava, barquillos, botellas de whiski, vinos (varias botellas por persona), etc. etc. y de forma que lo que sobra cada uno se lo lleva en una cajita..., pero me parece que no, eso no colará, je.je.
 
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