FOGASA pagará las indemnizaciones en casos de insolvencia y concurso del empresario, pero existen límites no? para los despidos por voluntad del trabajador (art. 50 ET) el doble del SMI diario. Pero para el resto de casos como los despidos colectivos (Art.51 ET) o la extinción de contratos conforme al art. 64 de la Ley Concursal, existen los mismos límites?