"El caso se refiere a una sociedad que sufría problemas económicos y que acordó, a finales de 2013, presentar un expediente de regulación de empleo que afectaba al total de la plantilla y, por tanto, suponía el cierre de la empresa. Como ésta estaba descapitalizada, se acuerda con los representantes de los trabajadores que éstos no recibirán ninguna indemnización y sólo cobrarán el paro. Para ello, se acogen a la fórmula de pago único, una vía que la ley prevé para que los desempleados que vayan a crear un negocio puedan cobrar toda la prestación a la que tienen derecho de una sola vez.
De forma paralela a este proceso, uno de los directivos de la compañía inicia los trámites para fundar una nueva sociedad, cuyo patrimonio está formado por la cantidad que reciben los empleados por el paro. Además, tanto la nave, como la maquinaria y las marcas comerciales que utilizan son las misma.
(...)
Si bien es lícito crear una compañía utilizando el dinero procedente del paro, el juez considera que el fraude de ley se produce en el momento en el que se trata de un acuerdo ficticio, que no sólo tiene como objeto no pagar las indemnizaciones que le corresponden a los empleados, sino sanear una empresa simplemente constituyendo otra, es decir, cambiándola de nombre y utilizando el dinero público que se canaliza a través de las prestaciones. Además, esto tenía otro efecto negativo, ya que la compañía tenía deudas con otros proveedores, a las que tampoco haría frente al desaparecer".
http://www.expansion.com/2014/12/26/juridico/1419612215.html
De forma paralela a este proceso, uno de los directivos de la compañía inicia los trámites para fundar una nueva sociedad, cuyo patrimonio está formado por la cantidad que reciben los empleados por el paro. Además, tanto la nave, como la maquinaria y las marcas comerciales que utilizan son las misma.
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Si bien es lícito crear una compañía utilizando el dinero procedente del paro, el juez considera que el fraude de ley se produce en el momento en el que se trata de un acuerdo ficticio, que no sólo tiene como objeto no pagar las indemnizaciones que le corresponden a los empleados, sino sanear una empresa simplemente constituyendo otra, es decir, cambiándola de nombre y utilizando el dinero público que se canaliza a través de las prestaciones. Además, esto tenía otro efecto negativo, ya que la compañía tenía deudas con otros proveedores, a las que tampoco haría frente al desaparecer".
http://www.expansion.com/2014/12/26/juridico/1419612215.html