Respecto a lactancia y pluriempleo... tema interesante.
UGT (que podemos entender que es "juez y parte") entiende que tiene derecho a disfrutarlo en las dos (o más) empresas.
Adjunto enlace a su Guía de consultas sobre Derechos de Conciliación, pero mirad que dicen en la pág. 59:
Guía de consultas más frecuentes sobre Derechos de Conciliación
No he encontrado más elementos de contraste. El tema puede generar dudas, aunque hay supuestos en los que lo veo totalmente razonable. Imaginad pluriempleo con contratos a tiempo parcial con parcialidad "vertical", es decir, no trabajo en cada actividad todos los días de la semana.
Queda claro que se acumula una hora de asusencia por cada día de trabajo efectivo (salvo en los casos, cada vez más frecuentes en los que, normalmente vía convenio, se fija un determinado número de días fijo, a tanto alzado, sin más matices ni cálculos).
Pongamos un caso claro (que ya sé no será el más frecuente): en una empresa trabajo 2 días a la semana (por ej martes y jueves) y en la otra 3 días a la semana (por ej. lunes, miércoles y viernes). Es obvio que, día a día, el permiso de lactancia tiene todo el sentido pretender disfrutarlo en ambas empresas, pero e el caso de acumularlo en jornadas completas, entiendo que también: en una, y salvo que hayan festivos, vacaciones o ausencias previstas de otro tipo, acumularé dos horas a la semana y en el otro 3 horas a la semana (y que podrán equivaler a un número de jornadas completas según sea la jornada diaria los respectivos días laborables).
Incluso, y este caso tal vez más habitual, un contrato a tiempo completo y otro parcial: ejemplo, trabajo a tiempo completo de lunes a viernes y actividad a tiempo parcial de fines de semana (sábado y domingo). Día a día queda claro que disfrutaría del permiso de lunes a domingo (entre las dos actividades). Si lo acumulo... pues lo mismo, en un caso (y si no hay festivos, ausencias...) acumularé 5 horas a la semana y en el otro 2 horas a la semana (y que equivaldrán a número de jornadas que corresponda según sea la jornada diaria en cada una de las jornadas laborables que dejaré de trabajar).
Cuando ambas actividades coinciden en el mismo día, es cierto que genera más dudas (pero si el trabajador lo pide... ¿qué hace cada empresa?, y sobre el supuesto de que no sea compatible, ¿pedir certificacion que acredite que no lo ha disfrutado en otra empresa?)
Otra cuestión, y que se me ha dado, es que se incorpore alguien en la empresas, dentro de los 9 meses de haber tenido un hijo, y que solicite el permiso de lactancia. Si es día a dia, no debe haber problema (por cambiar de empresa o empezar a trabajar, no debes perder el derecho a ese permiso), pero acumulado... entiendo que se podrá pedir que acredite que no lo ha disfrutado ya en otra empresa y, en todo caso, ajustarlo al tiempo de actividad en la empresa actual (por ej si se incorpora a los 8 meses del nacimiento, pues según los días de trabajo efectivos previstos en ese mes que le queda (pero como el convenio fije un número de dias a tanto alzado, sin más matices, como esa solución ya co,mentada, cada vez más frecuente y, "aparentemente", más sencilla, ya la hemos liado).