Si se ha inscrito la liquidación en el Registro Mercantil, éste habrá procedido a cerrar la hoja registral por lo que ya es imposible anotar nada en dicho registro; por tanto, ni tiene que legalizar los libros de 2015 ni presentar las Cuentas Anuales.
Es posible que en la ciudad de PEDROJ sí que haya que hacerlo pues responde tan categóricamente, pero es lo cierto que yo ya lo pregunté en el mío hace tropecientos años y me dijeron lo comentado.
Eso sí, no te olvides de presentar el IS aunque hayas presentado el 036 de baja de la sociedad.
Salu2. 8)