levantamiento de embargo

nacho

Nuevo miembro
Empresario con deudas  a la TGSS por la que la adminsitración ya ha dado orden de embargo de bienes con la oportuna anotación en el registro de la propiedad. El empresario ha conseguido estos días que le concedieran un aplazamiento de cuotas a 2 años considerandose desde este momento al corriente con ellos. Ahora el empresario quiere pedir un credito bancario pero se lo deniegan por la anotación de embargo en el registro de la propiedad. Yo consideraba que al concederle el aplazamiento le quitarian la anotación pero me dicen en la tesoreria que hasta que pague el aplazamiento no lo quitan. ¿ Realmente esto es asi? ¿ Esta recogido en la ley? Estoy echandole un vistazo al R.D. 1415/2004 y no veo nada de esto.

Gracias por vuestras respuestas.
 

CHARO

Miembro conocido
Efectivamente, no levantaran el embargo preventivo hasta no estar saldada la deuda. Mirate el Art.34 de LGSS
 

elchuske

Miembro conocido
Nacho es de perugrullo si le levantan el embargo vende el bien y no paga a la administracion. Y la administracion otra cosa tendra pero de tonta ni un pelo .
 
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