licencias retribuidas

NOEMI

Miembro conocido
Buenos días, tengo un trabajador que falta habitualmente al trabajo para hacerse revisiones periódicas, tipo oculista,traumatólogo...
El convenio en las licencias establece que:
Por la necesidad de atender personalmente asuntos propios que no admiten demora, se tendrá derecho a licencia con sueldo, el tiempo indispensable, demostrada la indudable necesidad y justificándolo adecuadamente.

¿como interpreto esto? puede faltar para hacerse revisiones rutinarias siempre que quiera? ¿que opináis? gracias!!
 
N

Nana

Guest
Hola

pues si establece literalmente eso el convenio, entiendo que sí, que tiene derecho

Para demostrar la indudable necesidad, pues ir a graduarte las gafas no es algo que no puedas hacer en tu óptica un dia a la tarde, pero ir al oftalmólogo o al traumatólogo, que entiendo no irá por gusto, si será necesario

Vamos, óptico/oculista contingente, oftalmólogo/traumatólogo necesario  ;D
 
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