LIMPIADORA EN COMUNIDAD DE PROPIETARIOS

Cleo

Nuevo miembro
Buenos días!
Para mí está claro que si una cdad. de propietarios necesita contratar a un/a limpiador/a (vamos a ser políticamente correctos, jeje), pues o contrataba el servicio a través de una empresa, o estaba obligada a darle de alta en régimen general.
Una compañera considera lícito que el trabajador preste sus servicios como autónomo.Yo le he dicho que para mi eso no era correcto, pero me ha hecho pensar...
¿Cabe la posibilidad de que una autónoma se constituya como empresa y sin tener trabajadores preste ella misma el trabajo a través de un contrato mercantil con la cdad.?
En este caso (contrato mercantil con autónomo), de ocurrir un accidente, quedaría exonerada la cdad. de responsabilidad, o se le caería el pelo por tener obligación de haberla contratado en régimen general?
Otra duda que me ha surgido es que si la misma cdad. contrata a un jardinero, sí que está bien visto que el jardinero sea un autónomo con contrato mercantil... (aunque a mí me sigue pareciendo más correcto régimen general)
Saludos y gracias por vuestras aportaciones,

 

FERNANDO

Miembro conocido
Depende de la relacion de ajenidad que exista. En principio, entiendo que no es posible. Curate en salud y dala de alta como regimen general.
 

Paco~

Nuevo miembro
Todo es posible hacerlo, aunque lo más cómodo y que no presenta riesgos es, la contratación a traves de terceros, mediante un contrato de arrendamiento o prestación de servicios.

Con saludos
 
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