liquidacion de cuotas

elchuske

Miembro conocido
un problemilla:  Una trabajadora cuya base de cotizacion es de 2.800 euros p.e. y tiene unas dietas de 700 euros que no se la cotizan. Demanda a la empresa y esos 700 el juez dice que son salario y que se tienen  que cotizar. La inspeccion nos manda una liquidacion de esos 700 euros y el correspondiente boletin de pago. La pregunta es la siguiente: si cotizo los 2.800 y ademas los 700 que me pide la inspeccion me paso de base de cotizacion y cotizo por mas del tope. Es posible presentar recurso poor exceso de cuotas y solo cotizar por la diferencia entre los 2.800 y el tope que de cotizacion que en cada caso corresponda ya que hay varios años en la reclamacion??
 

Nando_bcn

Miembro conocido
No te pueden hacer cotizar por encima del tope de cotización (y del tope correspondiente a cada año)
¿eran 700 euros de dietas mensuales?
 

elchuske

Miembro conocido
eran 740 la realidad. Esos 740 euros eran una cantidad a cuenta de las futuras comisiones y que se le abonaban todos los meses a expensas de la liquidacion final anual. Ya adverti al director que eso se podia transformar en salario y que no hiciera esas practicas pero insistio y asi le fue . Hay que liquidar atrasos desde el año 2005 casi nada .-
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Ya, es lo que pasa.
No sé si esa trabajadora tenía siempre esa base de cotización de 2.800 €, pero, en el caso de que no se pueda acreditar que esos 740 € correspondian a un concpeto de devengo no superior al mes o irregular, lo que harán será considerar su importe anual y porratearlo a efectos de cotización mes a mes hasta donde el tope de cotización permita via liquidación complementaria.

Y con recargo, claro.

Un saludo
 

elchuske

Miembro conocido
efectivamente, lo que pasa que la interfecta ganaba una pasta y casi todos los meses si le añadimos los 740 se pasa de largo del tope de cotizacion asi que el mal no es tan grande, eso si, la inspeccion no se ha cortado ni un pelo me ha liquidado los 740 por el total sin mirar las bases liquidadas .
 
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