Manutención integración en la base

RGG1980

Miembro activo
En las empleadas de hogar es común que se le pague alojamiento y manutención en especie.
La duda es ¿esa retribución en especie hay que sumarla a la retribución dineraria para calcular en que base de cotización se esta?
Y la segunda es ¿esa retribución en especie hay que declararla como mayor ingreso sujeto a declaración de la renta?
 

Wastual

Miembro activo
Correcto: forman parte de la base de cotización y de la base sujeta a retención en concepto de IRPF. Además, en el SEEH, como existe obligación de informar a la TGSS de las retribuciones de la persona trabajadora, dichas cuantías deben incluirse en dicha transmisión de datos. Asimismo, recordar que hay que revisar el salario bruto dinerario ya que las retribuciones en especie no pueden superar el 30% del primero.
 

RGG1980

Miembro activo
y no se le aplica nada de la exenciones de dietas ,manutencion de los trabajadores de regimen general normal?
gracias
 

Wastual

Miembro activo
Un apunte: recuerda que el empleador, si persona física no empresario (he supuesto que no debido a que tu pregunta se refería al IRPF también), no tiene obligación de practicar retenciones ni ingreso a cuenta respecto de la empleada del hogar.

Ahora, contestando a tu pregunta, la exención de las “dietas” requiere, en general, que suplan gastos en los que el trabajador incurre por desplazarse fuera de su centro de trabajo habitual. Así está exigido y previsto en la normativa.

Por tanto, creo que es claro que no es aplicable dicho beneficio porque la trabajadora del hogar debe prestar sus servicios, precisamente -esa es una de las razones de ser del carácter especial de este tipo de relación laboral- un lo que se contempla como “el hogar familiar”, no teniendo sentido desplazarla a otro lugar porque entonces no se “cumpliría” la premisa del SEEH.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Y por rizar el rizo, si dicha renta en especie fuese para satisfacer un gasto soportado por la trabajadora, de naturaleza exenta del IRPF como las dietas laborales ordinarias, sería a su vez un correlativo ingreso para alguien (precisamente el empleador del hogar que facilitase manutención y alojamiento....).
 

RGG1980

Miembro activo
entonces viendo que es el alojamiento y manutencion en especie de su propio centro de trabajo hay que sumarlos tambien y ponerlos en la declaracion de la renta sujeto y no exento .
 
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