UNA EMPRESA PRETENDE DESPEDIR A LOS DOS TRABAJADORES QUE TIENE EN PLANTILLA POR CAUSAS ECONOMICAS Y LA IDEA ES ABONARLE 20 DIAS POR INDEMNIZACION, ABONANDO EL 60% Y QUE LOS DOS TRABAJADORES SOLICITEN EL 40% RESTANTE AL FOGASA.
HASTA AQUI TODO CLARO, PERO MI DUDA ES LA SIGUIENTE:
¿EL FOGASA ABONA SIEMPRE, INCLUSO EN ESTE CASO EN QUE LA EMPRESA SE VA A QUEDAR SIN NINGUN TRABAJADOR? O POR CONTRA, ¿SE DEBE DE HACER A TRAVES DE UN ERE?
(ESTA DUDA LA TENGO PORQUE NO SE DONDE HE LEIDO QUE EL FOGASA PAGA SIEMPRE Y CUANDO LA EMPRESA MANTENGA TRABAJADORES EN PLANTILLA..NO SÉ SI LO HE LEIDO O YO ME LO HE IMAGINADO)
DECIR QUE LOS TRABAJADORES ESTAN DE ACUERDO CON LAS CAUSAS DEL DESPIDO ECONOMICO Y TAMBIEN ESTARIAN DE ACUERDO QUE EL FOGASA LES ABONARA EL 40%
GRACIAS POR VUESTRA AYUDA
HASTA AQUI TODO CLARO, PERO MI DUDA ES LA SIGUIENTE:
¿EL FOGASA ABONA SIEMPRE, INCLUSO EN ESTE CASO EN QUE LA EMPRESA SE VA A QUEDAR SIN NINGUN TRABAJADOR? O POR CONTRA, ¿SE DEBE DE HACER A TRAVES DE UN ERE?
(ESTA DUDA LA TENGO PORQUE NO SE DONDE HE LEIDO QUE EL FOGASA PAGA SIEMPRE Y CUANDO LA EMPRESA MANTENGA TRABAJADORES EN PLANTILLA..NO SÉ SI LO HE LEIDO O YO ME LO HE IMAGINADO)
DECIR QUE LOS TRABAJADORES ESTAN DE ACUERDO CON LAS CAUSAS DEL DESPIDO ECONOMICO Y TAMBIEN ESTARIAN DE ACUERDO QUE EL FOGASA LES ABONARA EL 40%
GRACIAS POR VUESTRA AYUDA