maternidad autónomo a tiempo parcial

lubo

Miembro
Muy buenas, yo creo que no se puede pero tengo la duda, puede un autónomo disfrutar a tiempo parcial de la maternidad y trabajar la otra media jornada?? Gracias.
Saludos.
 

fundación

Miembro conocido
Pues mira por donde creo que lo han aprobado el viernes pasado en Consejo de Ministros. No sé decirte si la norma (Real Decreto) ha sido publicada.
 

fundación

Miembro conocido
Pues nada, estaremos pendientes....

http://www.expansion.com/2009/03/06/mujer-empresa/1236346577.html
 

lubo

Miembro
Buenas tardes, ¿¿se sabe si se ha publicado el RD donde se aprobaba que los autónomos podrán disfrutar la maternidad a tiempo parcial??. Muchas gracias. Un saludo
 

toni

Miembro conocido
PUBLICADO EN EL BOE DEL SABADO 21 RD 295/2009 PRESTACIONES MATERNIDAD....
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Ahí va el link

http://www.boe.es/boe/dias/2009/03/21/pdfs/BOE-A-2009-4724.pdf

Fernando, entiendo que no sé refiere a la posibilidad de los autónomos a trabajar a tiempo parcial (me refiero de forma general) sino a la posibilidad de que disfruten del permiso de maternidad (y de paternidad) a tiempo parcial (y, obviamente, durante ese tiempo concreto, trabajen a tiempo parcial).

Adjunto un extracto de lo referente al permiso de maternidad a tiempo parcial para autónomos

Disposición adicional primera.
Suspensión del contrato de trabajo y cese en la actividad por maternidad y paternidad a tiempo parcial.

1. De acuerdo con lo establecido en el párrafo décimo del artículo 48.4 y en el párrafo cuarto del artículo 48 bis de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en la disposición adicional sexta de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, los periodos de suspensión del contrato de trabajo por maternidad, adopción o acogimiento, o por paternidad, a los que serefieren dichas disposiciones, podrán disfrutarse en régimen de jornada completa o a tiempo parcial, en los términos regulados en este real decreto y de conformidad, en su caso, con lo que establezcan los convenios colectivos.
...
8. Los trabajadores por cuenta propia podrán, asimismo, disfrutar los descansos por maternidad y paternidad a tiempo parcial, a cuyos efectos, la percepción de los subsidios y la reducción de la actividad sólo podrá efectuarse en el porcentaje del 50 por 100.
Para el reconocimiento de esta modalidad de percepción del subsidio y correspondiente disfrute de los permisos de maternidad y paternidad, los interesados deberán comunicar a la entidad gestora, al solicitar la correspondiente prestación, el régimen en que se llevará a efecto, de acuerdo con lo previsto en el apartado 3. Asimismo, serán de aplicación las reglas contempladas en las letras a) y b) del apartado 4, en relación con la duración y disfrute de los descansos y respecto de las causas que permiten la modificación del régimen de disfrute declarado a la entidad gestora
 

lubo

Miembro
Hola a todos,

Entra en vigor el 1 de Abril, por lo que supongo que los autónomos que están disfrutando la maternidad desde fechas antes a la entrada en vigor del RD no tendrán derecho a este disfrute a tiempo parcial, por ejemplo una autónoma que está disfrutando la maternidad desde primeros de marzo de este año.

Un saludo
 
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