Ahí va el link
http://www.boe.es/boe/dias/2009/03/21/pdfs/BOE-A-2009-4724.pdf
Fernando, entiendo que no sé refiere a la posibilidad de los autónomos a trabajar a tiempo parcial (me refiero de forma general) sino a la posibilidad de que disfruten del permiso de maternidad (y de paternidad) a tiempo parcial (y, obviamente, durante ese tiempo concreto, trabajen a tiempo parcial).
Adjunto un extracto de lo referente al permiso de maternidad a tiempo parcial para autónomos
Disposición adicional primera.
Suspensión del contrato de trabajo y cese en la actividad por maternidad y paternidad a tiempo parcial.
1. De acuerdo con lo establecido en el párrafo décimo del artículo 48.4 y en el párrafo cuarto del artículo 48 bis de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en la disposición adicional sexta de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, los periodos de suspensión del contrato de trabajo por maternidad, adopción o acogimiento, o por paternidad, a los que serefieren dichas disposiciones, podrán disfrutarse en régimen de jornada completa o a tiempo parcial, en los términos regulados en este real decreto y de conformidad, en su caso, con lo que establezcan los convenios colectivos.
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8. Los trabajadores por cuenta propia podrán, asimismo, disfrutar los descansos por maternidad y paternidad a tiempo parcial, a cuyos efectos, la percepción de los subsidios y la reducción de la actividad sólo podrá efectuarse en el porcentaje del 50 por 100.
Para el reconocimiento de esta modalidad de percepción del subsidio y correspondiente disfrute de los permisos de maternidad y paternidad, los interesados deberán comunicar a la entidad gestora, al solicitar la correspondiente prestación, el régimen en que se llevará a efecto, de acuerdo con lo previsto en el apartado 3. Asimismo, serán de aplicación las reglas contempladas en las letras a) y b) del apartado 4, en relación con la duración y disfrute de los descansos y respecto de las causas que permiten la modificación del régimen de disfrute declarado a la entidad gestora