Si claro, puede ser un contrato a tiempo parcial siempre que reúna todos los requisitos. En este caso tiene 2 opciones; o suspender el subsidio y luego reanudarlo cuando el contrato finalice o compatibilizarlo con el trabajo a tiempo parcial. En este ultimo caso se le reduce lla prestación en el mismo porcentaje de las horas trabajadas ( si por ejemplo va a trabajar un 30% de horas, pues se reducirá ese % del importe del subsidio). Recalcar que para compatibilizar, el beneficiario deberá certificar que las rentas (de cualquier naturaleza) que percibe no excedan el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Para el cálculo de la rentas totales que percibe mientras se encuentre en situación de compatibilidad se incluyen las remuneraciones que percibe del contrato.
Vamos aclarar una cosa, que creo que da lugar a confusión. Tenemos que distinguir entre 2 casos según la temporalidad del contrato:
1º La compatibilidad en los contratos a tiempo completo EVENTUALES SUP. A 3 MESES o INDEFINIDOS ( en este caso la única opción que te dan es seguir cobrando la prestación en un 50%)
2º En el caso de contratos a T.P. Puedes elegir entre suspender la prestación o compatibilizarla con la reducción de la misma en el mismo porcentaje de horas que vas a trabajar)
DIFERENCIAS ENTRE LOS 2 CASOS: En el primero, si cumples lo requisitos, no hay más opción que la que hay, cobra el 50% del subsidio. En la segunda, te dan 2 opciones , eliges una u otra.
Elchusque. No entiendo tu último párrafo.... Una empleada a tiempo parcial, que cobra el 50% de subsidio y su sueldo es a tiempo completo?????. En primer lugar, si cobra un sueldo de un trabajador a T.C ya no cumpliría el requisitos tope de rentas y luego si es trabajadora a tiempo parcial del salario se le descuenta del subsidio el porcentaje de horas trabajadas, no me cuadra.
En cuanto a la pregunta de Pajarillo, yo entiendo que por lógica cotizará por la base del contrato a indefinido. Una cosa es la compatibilidad del subsidio y otra es que tiene un contrato a tiempo completo indefinido y ya cotiza por el 100% de la jornada. En este caso, si hay alguien que pueda rebatir este argumento, lo dejo ahí.