El convenio no dice nada al respecto, solo dice que son 40 horas semanales, pero no refleja nada sobre el tema del tiempo de descanso de la comida.
Entonces en este caso, la media hora para comer no forma parte del horario de trabajo, por lo que en realidad de 8 a 16:30h, trabaja 8 horas.
En el registro horario, se debe de registrar 4 veces, es decir, entrada a 8:00 salida por ejemplo 14:00, entrada a 14:35 y salida a 16:30, ¿Sería así?.
Gracias¡¡¡