Es la misma sentencia que aportaba Gemmamat.
Es de la Audiencia, no del Supremo. Habrá que ver si la confirma o revoca. Como dice la propia sentencia de la AN "consideramos que en una materia como esta exige inexorablemente un
análisis casuístico, y, con independencia de lo examinado por el Tribunal Supremo en la sentencia citada, aquí en absoluto ha quedado clara la voluntad de la empresa de reconocer estos derechos, sino todo lo contrario".
Es decir, hay una sentencia del Supremo que dice lo contrario, aunque con ciertos matices: Sentencia del Tribunal Supremo de 19-12-12 (rec. 209/2011 ), en la que se mantiene que "si, realizado un acto obstativo al disfrute del derecho, la empresa hubiese insistido en su postura y sancionado a los que no acataban sus órdenes, podría entenderse que los trabajadores no llegaron a adquirir el derecho, pero como, tras el acto obstativo, se consintió que continuara el "modus operandi" anterior durante mucho tiempo, es claro que con esa conducta pasiva la empresa aceptó tácitamente el beneficio cuestionado, razón por la que procede confirmar la sentencia recurrida, pues acierta al estimar que existía la condición más beneficiosa".
Al final hay que ir caso por caso. No se puede generalizar.
La clave es la interpretación de "voluntad deliberada de establecerla".
Lo más prudente, cuando una empresa quiere mejorar algo, es que lo conceda año por año. "Para el 2014...", lo que sea. Y en el 2015 ya se verá. Se limita por tanto la mejora que se otorga un año concreto y queda claro que la voluntad deliberada de mejorar una condición es solo para un año, no a perpetuidad..
Si no, entran ya en juego las diferentes interpretaciones sobre si había voluntad o no de la empresa incorporar esa mejora a la relación contractual de forma infinita.