Modelo 145. hijos extranjeros

LAUU

Nuevo miembro
Buenas a todos,
Trabajador con hijos que residen en marruecos (no tienen NIE) me dice que los quiere apuntar en el 145 para el tema IRPF.
Le he dicho que no es posible y los ha apuntado igualmente y ha firmado (?).
Que se hace en estos casos???
 

Simpan

Miembro
No está tan claro que no se pueda aplicar el mínimo por descendientes. Y para incluirlos en renta, hasta los 14 años no hace falta NIE
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Y, en todo caso, y más allá de la guía u orientación que la empresa quiera ofrecer al trabajador a la hora de cumplimentar el 145, del rigor o de su veracidad, de la actualización de datos cuando corresponda, etc, el único responsable es el trabajador, no la empresa.
 

Wastual

Miembro activo
Coincido con @Nando_bcn: El art. 88 del Reglamento del Impuesto establece la obligación para el perceptor de rentas del trabajo de comunicar, en modelo oficial, aquellos datos que pudieran influir en el cálculo del tipo de retención. El pagador debe acreditar su recepción, conservarla "a buen recaudo"*, y practicar las retenciones según lo allí indicado. En ningún apartado de dicha disposición legal exige contrastar la exactitud o veracidad ni requerir documentación adicional para tales fines.

*Y es que, en el caso de que las retenciones practicadas debieran haber sido superiores (art. 99.5 LIRPF) -por ejemplo, por una inclusión indebida en los descendientes que permiten aplicar el mínimo, si así fuera estimado por la AEAT-, en virtud de este último precepto, si el trabajador opta por declarar aquellas, en su autoliquidación anual, lo que permitirá al pagador eximirse de abonar las diferencias es demostrar, "modelo 145" mediante, que ha procedido según la información por el trabajador transmitida.
 
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