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Hay alguna novedad sobre el mod. 340, que decían que entraría en vigor en el año 2014.
Yo actualmente presento el mod 303 de IVA y no he optado por el régimen de devoción mensual de IVA. es una S.L.
En el reglamento del Iva, cuya reforma se publicó en el BOE el 26 de octubre, RD 828/2013, se ha establecido que desde 01/01/14 el 340 se aplicará solo a sujetos pasivos inscritos en el REDEME.
DECLARACION INFORMATIVA DE OPERACIONES INCLUIDAS EN LOS LIBROS REGISTRO-MOD. 340
CON EFECTOS DESDE EL 1 DE ENERO DE 2014: Agencia tributaria
El apartado once del artículo tercero del RD 828/2013 reduce el ámbito subjetivo de la obligación de informar sobre operaciones incluidas en los libros registro (modelo 340) a los sujetos pasivos del IVA o del IGIC que estén incluidos en el registro de devolución mensual.
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Significa que los que hasta ahora no estábamos incluidos en el Rgto. de devolución del IVA, seguimos como hasta ahora en la no obligación de presentar el modelo 340??.
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