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Buenos dias, he leido que han de relacionarse en el modelo 347 las subvenciones recibidas por COVID, cosa que no he hecho....pensais que debe relacionarse???
saludos
¿Debe incluirse en el modelo 347 el cobro de subvenciones públicas? En caso afirmativo ¿con qué código?
Respuesta
Se deberán incluir en la declaración informativa de operaciones con terceras personas las subvenciones públicas recibidas si las mismas no son reintegrables, se han percibido en relación con la actividad empresarial o profesional, y además el importe anual procedente de cada Administración Pública supera los 3.005,06 euros.
A efectos de determinar si se supera o no el importe citado en el año natural, las subvenciones, auxilios o ayudas concedidas a los obligados tributarios se entenderán satisfechos el día en que se expida la correspondiente orden de pago, o de no existir esta, cuando se efectúe el pago. La clave con la que se deben consignar las subvenciones recibidas en el modelo 347 es la B: entregas de bienes y prestaciones de servicios superiores a 3.005,06 euros, al asimilarse la subvención a un ingreso por ventas.
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