Modelo 349

Naru

Nuevo miembro
Hola!!!

Nos hemos dado cuenta de que en el primer trimestre de 2015, no se declararon dos proveedores en el 349 y querría saber si es posible declarar el saldo que no se declaró en su momento en la liquidación del 3er Trimestre.

Si tenemos que presentar la delcaración del primer trimestre, ¿vamos a tener sanción verdad? por presentarla fuera de plazo.

Gracias!!
 

elchuske

Miembro conocido
presenta la del primer trimestre, como no tiene transcendencia tributaria recurres y ganas. Otra cosa es que también lo hayas omitido en el 303 .
La multa es de diez euros por registro omitido con un mínimo de 150.
 

Naru

Nuevo miembro
Se trata de dos registros. En el 349 no se presentaron, pero en el 303 si que se reflejo su saldo.
Lo que no sé es si lo presento sumado al 349 de este trimestre se puede producir alguna sancion o inspeccion porque en el iva de este trimestre no se reflejaria.
 

elchuske

Miembro conocido
PRESENTA EL PRIMER TRIMESTRE PARA QUE CUADRE CON EL 303 . INTENTARAN SANCIONARTE PERO RECURRE ARGUMENTANDO QUE NO OCULTASTE NADA YA QUE QUEDO REFLEJADO EN EL 303 Y TE QUITAN LA SANCION. NO TE PREOCUPES.
 
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