carla dijo:Yo he puesto el link y la información porque han habido muchos comentarios erróneos al inicio del tema, y que dan lugar a equivocos. Si alguien lee todos los posts desde el principio considero que se le ha generado muchas dudas y hay información incorrecta.
Solo por eso he enviado el link. Para aclarar el tema, que creo que se tenia que dejar claro.
Sí, se puede presentar en papel (declaración obtenida en pagina AEAT) las declaraciones de una persona física sin necesidad de PIN ni certificados, y SÍ se puede ir al banco a pagar una declaración con un papel (declaración obtenida en pagina AEAT) del impuesto, y por tanto no es obligatorio ni el NRR ni la domiciliación