Modificación de una baja en el RETA firme

Ferinho

Miembro activo
Trabajador autónomo que comunica su cese de actividad en la AEAT y en el RETA con fecha 30/01/2021.

Posteriormente, transcurridos 4 meses cuando el acto es firme, modifica la fecha de cese de actividad en la AEAT mediante nuevo 037 y escrito ante la AEAT aportando pruebas (facturas d eventa del negocio etc). Nueva fecha cese de actividad el 31/12/2020 y en hacienda se lo modifican sin problema.

Se hace solicitud ante la TGSS para que modifiquen la fecha de la baja al 31/12/2020, aportando para ello la declaración censal modificada. Contestación denegando la modificación ya que es un acto firme, e indicando que una declaración censal cuando esta fue presentada fuera plazo ante la AEAT no desvirtúa la firmeza del acto.

Es cierto que la asesoría que lleva al trabajador y que presentó la solicitud no aportó más pruebas del cese de actividad real (facturas de venta del negocio etc) pero entiendo que la TGSS debería modificar la fecha de baja a la real indicada por el trabajador y ser coincidente con Hacienda y en todo caso mantener la obligación de cotizar durante el mes de más como penalización por presentación fuera de plazo.

que aportaríais en el posible recurso de alzada?
 
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