Modificación sustancial por reducción jornada tiempo parcial y art. 12.4.e ET

Pablolf

Miembro
Hola buenas, soy graduado social y estoy preparando un caso de modificación sustancial de condiciones de trabajo por reducir unilateralmente la jornada de trabajo (que deriva también es modificar la distribución horaria y el salario).

El contrato de mi defendida es a tiempo parcial y la empresa pretende reducir las horas en un 78%.
Me gustaría defender la nulidad en base a analogía con el 12.4.e) del ET, pero lo cierto es que vi sentencias desfavorables y veo en general que tendría bastantes opciones de perder esta reclamación de nulidad en base a que la novación debe ser consensuada (precisamente porque veo que hay sentencias que consideran que no es una novación, porque no se cambia el tipo de contrato).

Me gustaría plantear la estrategia siguiendo un orden lógico de apoyarme en algunas sentencias, para luego argumentar lo de la necesaria voluntariedad y regla de prohibición por analogía con el 12.4.e y por el derecho protector del derecho del trabajo. Lo que no encuentro son sentencias que me apoyen este planteamiento.

Quisiera pedir si conocen algunas sentencias que se ajusten al caso y solicitar una valoración sobre la nulidad que quiero plantear. Lamentablemente, en Memento de Lefreve sólo hacen una vaga referencia a que la solución a mi caso debe ser también la del 12.4.e, sin mostrar ninguna referencia más.
Gracias.
 

Mr. White

Miembro activo
El contrato ya es a tiempo parcial, no pasa de jornada completa a parcial ni viceversa.

Otra cosa es que haya causa para semejante reducción, si se reduce a más gente o solo a ella,...en fin, ya no tanto si es nula o no, sino si está justificada o no.
 

Pablolf

Miembro
Si, yo también pienso eso, por eso subsidiariamente buscaré lo injustificado de la medida. Lo cierto es que hay contradiccón sobre este tema, vi sentencias que afirmaban el asunto de la nulidad, aunque no las he podido volver a encontrar.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Cierto, Mr White_si el contrato ya es a tiempo parcial, no entra en juego la prohibicióndel 12.4.e: sólo hay que ver si la medida es ajustada y proporiconada, o no.
 
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