Modificacion sustacial individual

Alfonso

Nuevo miembro
Buenos días:
Si el convenio colectivo establece que el trabajador tendrá un descanso semanal de dos días,  se podría realizar una modificación sustancial, y siempre que haya causas, pasarlo a descansar día y medio semanal?
El trabajador no sobrepasaría las horas establecidas como jornada máxima anual.

un saludo
 

fundación

Miembro conocido
Entiendo que se puede hacer, pero que debes seguir el procedimiento del art. 82.3 LET, salvo mejor opinión.
 
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