Hola Compañeros:
En el caso de un cambio de horario de trabajo, que no se ha comunicado por los cauces del art 41 ET, es decir con el preaviso de 15 días. Puedo reclamarla como nula? Extinguir con 20 días ? O el mero hecho de no seguir los trámites me permitiría solicitar una extinción con indemnización de improcedente?
Realmente por que el cliente se empeña pero no veo la modificación sustancial por ningún lado. Modificación 2 días a la semana de horario partido, manteniéndose todo igual. El tema es que quiere dinero. La empresa le ha dado un documento con el nuevo horario, nada más.
Gracias
En el caso de un cambio de horario de trabajo, que no se ha comunicado por los cauces del art 41 ET, es decir con el preaviso de 15 días. Puedo reclamarla como nula? Extinguir con 20 días ? O el mero hecho de no seguir los trámites me permitiría solicitar una extinción con indemnización de improcedente?
Realmente por que el cliente se empeña pero no veo la modificación sustancial por ningún lado. Modificación 2 días a la semana de horario partido, manteniéndose todo igual. El tema es que quiere dinero. La empresa le ha dado un documento con el nuevo horario, nada más.
Gracias