Modificaciones Sustanciales de las condiciones de Trabajo

fcosano

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Buenos días,
Tengo un cliente que mediante el artículo 12 del RDL 3/2012, dice que pretende cerrar la empresa durante dos meses. Quiere reducirle las horas a los trabajadores, diciendo que no vayan a trabajar durante los dos meses de cierre, y dándoles de baja en seguridad social. Es esto posible?
El personal tiene contrato indefinido.

Gracias
 

fcosano

Nuevo miembro
Yo tb creo que sería una suspensión de contratos. Si va por la vía del artículo 12, no puede dar de baja en seguridad social. Pienso que habría que hacer un cambio de jornada en seguridad social, aunque luego distribuya la jornada como quiera. No se. Que opinais?

Gracias
 

fundación

Miembro conocido
Una cosa es la modificación sustancial de condiciones de trabajo (art. 41 ET) y otra distinta suspender el contrato (art. 47 ET).
 
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