Se trata de un trabajador al servicio de una Aminsitración Local, con cerca de 80 trabajadores personal laboral contratado, hasta la fecha era encargado general de las obras y servicios del ayto. y de el dependian tres encargados de las areas de servcio del ayuntamiento tenian a su cargo personal de todas las categorías (oficiales peones).
Despues de una moción de censura ha cambiado toda la corporación y el concejal de obras y servicios alegando lo de la crisis, ha remodelado la plantilla y como resultado ha quitado todos los encargados dejando sólo que no es el encargado general, sino uno de los tres de los que le eran subordinados, cambiando la categoria del encargado general a Oficial de1ª lo que ocasiona mofas y comentarios jocosos de sus antiguos compañeros. El verdadero motivo es que este ex-encargado general es del signo polítco contrario.
Nos estamos planteando impugnar la decisión del ayuntamiento por considerar esta como una modificación sustancial de trabajo sin motivo qe la justifique y que infringe los art 39 y 41 del ET, pues resulta que la comunicación y su efectividad ha sido de un dia para otro, no alega motivos concretos en la misma y no se ha consultado con el comité de empresa. Los pasos a seguir creo que son los siguientes.
1º Reclamacion previa, pues aunque es personal laboral, el empleador es el ayuntamiento, esta en el plazo de 20 días.
2º si no contesta o cuando conteste tenemos 30 días para interponer la demanda.
3º Sollicitaremos del Juzgado la declaración como injustificada de la modificacion sustancial.
Alguien me pude aconsejar o comentar algo sobre el tema, gracias
Despues de una moción de censura ha cambiado toda la corporación y el concejal de obras y servicios alegando lo de la crisis, ha remodelado la plantilla y como resultado ha quitado todos los encargados dejando sólo que no es el encargado general, sino uno de los tres de los que le eran subordinados, cambiando la categoria del encargado general a Oficial de1ª lo que ocasiona mofas y comentarios jocosos de sus antiguos compañeros. El verdadero motivo es que este ex-encargado general es del signo polítco contrario.
Nos estamos planteando impugnar la decisión del ayuntamiento por considerar esta como una modificación sustancial de trabajo sin motivo qe la justifique y que infringe los art 39 y 41 del ET, pues resulta que la comunicación y su efectividad ha sido de un dia para otro, no alega motivos concretos en la misma y no se ha consultado con el comité de empresa. Los pasos a seguir creo que son los siguientes.
1º Reclamacion previa, pues aunque es personal laboral, el empleador es el ayuntamiento, esta en el plazo de 20 días.
2º si no contesta o cuando conteste tenemos 30 días para interponer la demanda.
3º Sollicitaremos del Juzgado la declaración como injustificada de la modificacion sustancial.
Alguien me pude aconsejar o comentar algo sobre el tema, gracias