Buenas ! Un abogado que paga la mutualidad es administrador de una empresa con iae servicios de contabilidad ,entiendo que debo darle de alta en régimen general asimilado ya que carece de participaciones sociales,bueno tiene solo un 10.aunqie ya pague la mutualidad al no ser la actividad de la empresa servicios jurídicos debería cotizar a ambos sitios?mutualidad y general así liado? Gracias