Hola Fernando,
Se suprime la p.e. según lo establecido en el art. 2 del rdl 20/2012, por ser fundación del sector público (el mismo tratamiento que los funcionarios). Dice la ley que ese dinero retenido se utilizará par futuras aportaciones a planes de pensiones o seguros colectivos,...
Tendría que recalcular el irpf, y ver si tengo que solicitar la devolución de lo cotizado,... ufff...