nóminas e indemnizaciones superiores a 2500 euros

dudas

Nuevo miembro
me imagino que desde ayer las que superen esta cuantía tendrán que abonarse por transferencia o cheque bancario??

Muchas gracias.

Saludos
 

fundación

Miembro conocido
Buena pregunta. Si vas al cuadro-resumen de la ley (editado por el propio ministerio), da lugar a confusión:

Se limitan los pagos en efectivo a menos de 2.500 euros para operaciones entre empresas y/o profesionales.

No obstante, parece que la ley es más clara y contundente (Art. 7.Uno.1):

No podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 2.500 euros o su contravalor en moneda extranjera.

Ambos textos se pueden encontrar en http://www.minhap.gob.es/gl-es/prensa/en%20portada/2012/Paginas/20121119_fraude_2500euros.aspx
 

dudas

Nuevo miembro
tal cual me ha pasado a mi, pero en la ley queda más claro al mencionar "alguna de las partes interviene como empresario o profesional ..."

Gracias. Saludos
 

Sergei

Miembro conocido
El pago de una nómina es una "operación"??
Me inclino a que que cuando se menciona operaciones se refiere a comerciales.
Es más, en el enlace que has puesto habla de "operaciones mercantiles" debajo de la foto.
 

fundación

Miembro conocido
La exposición de motivos de la Ley habla de operaciones económicas. No veo en principio exclusión del pago de nóminas.
 

Sergei

Miembro conocido
Copio el pie de foto de la web del ministerio de hacienda y administraciones públicas:
19-11-2012.- Hoy ha entrado en vigor la medida que limita esta cantidad de dinero en operaciones mercantiles, en las que intervengan empresarios o profesionales, tal y como recoge la Ley antifraude.
A mi entender se equipara "operación económina" a "operación mercantil" con lo que quedan fuera las retribuciones, indemnizaciones, etc.
 

Ro

Miembro activo
El espìritu de la ley es evitar el fraude, por lo tanto entiendo que es para todo tipo de operaciones económicas en las que intervenga un profesional o empresa, incluídas las nóminas.
 

Sergei

Miembro conocido
Bajo mi punto de vista, se trata de evitar fraude en operaciones mercantiles.
Es decir, según vuestro criterio, esta ley modifica el estatuto de los trabajadores en su artículo 29.4 sin hacer referencia a él.
 

Ro

Miembro activo
Bien, tema complejo, pero... Sergei tú ves normal que una empresa a partir de ahora pague nóminas de más de 2500 euros en efectivo?? Si no puede hacer este de operaciones mercantiles a partir de ahora, ¿es normal que saque el dinero en efectivo del banco para pagarle  a los trabajadores? Además ya antes de la ley, lo normal es que las empresas paguen por el banco, a efectos contables es mucho más práctico, y legalmente más correcto. Creo que lo del pagar en efectivo ya es un poco prehistórico, e incluso muchas veces incluye o incluía dinero "b" , pero bueno esto es solo mi opinión, no ley es sentido común.
 

Sergei

Miembro conocido
Estoy contigo, no es normal pagar esos importes en efectivo. Es más, yo recomiendo a todos mis clientes que no paguen nada en efectivo si pueden evitarlo aunque el importe sea mínimo.
Pero de ahí, a asegurar que no se puede hacer va un mundo y no querría que un cliente se me pusiera "cabezón" con lo de pagar en efectivo, yo le negara la mayor y después resultara que le informé mal.
Esperemos que haya alguna aclaración más o menos oficial al respecto.
 

silcon

Nuevo miembro
Yo no creo que ninguno de mis clientes abone nóminas en metálico y menos nóminas con esos importes, pero lo he consultado con los compañeros de fiscal y entienden que, efectivamente, sería de aplicación la limitación. Pero tampoco puedo ir mucho más allá.
 

dudas

Nuevo miembro
volviendo al tema, si llegas a conciliación y se declara la improcedencia habrá que hacer el abono de esa indemnización por cheque nominativo o transferencia bancaria, no?? como lo véis.

Saludos
 
Arriba