NEGATIVA TRABAJADOR A EMPRESARIO

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susanaslpl

Guest
Hola, tengo una obra que tenemos que entregar necesariamente a finales de mes, se han contratado más trabajadores, se han subcontratado empresas pero, aún así, ha sido necesario trabajar este fin de semana. El viernes se pidió a los trabajadores que fueran a trabajar sábado y domingo y no hubo problemas menos con uno. El empresario está empeñado en sancionarlo por desobediencia a un superior, perjuicio a la empresa... ¿qué os parece?, ¿se puede hacer algo?.
Gracias
 

FERNANDO

Miembro conocido
No, dado que trabajar sábado y domingo y se consideran horas extras, con lo que el trabajador, si no está obligado por contrato o por convenio, no tiene por qué hacerlas.
 
R

Rubén

Guest
susanaslpl dijo:
Hola, tengo una obra que tenemos que entregar necesariamente a finales de mes, se han contratado más trabajadores, se han subcontratado empresas pero, aún así, ha sido necesario trabajar este fin de semana. El viernes se pidió a los trabajadores que fueran a trabajar sábado y domingo y no hubo problemas menos con uno. El empresario está empeñado en sancionarlo por desobediencia a un superior, perjuicio a la empresa... ¿qué os parece?, ¿se puede hacer algo?.
Gracias

Hola,

Negarse a cambiar la prestación de servicio -aunque ello suponga un perjuicio económico para la empresa- en días que previamente estén considerados por el calendario como tiempos de descanso, no es un acto punible y susceptible de sanción laboral, siempre que se carezca de compromiso individual o colectivo. A quienes debería sancionarse por el perjuicio es a los responsables de la planificación del trabajo.

Las horas de exceso de la jornada semanal o extraordinarias, son voluntarias para el trabajador y el empresario debe ofrecerlas líbremente y pactar en su caso o asumir su compensación económica o cambiarlas por tiempo compensatorio. O sea, su realización obedece a una necesidad organizativa y no a la excepción de reparar siniestros o daños extraordinarios y urgentes.

Ahora bien, el trabajador también debería tener presente los momentos complicados actuales que se le presentan a la empresa y que pudieran tener repercusiones laborales en los mismos trabajadores de ésta. Pero eso es una conveniencia laboral de futuro y no una norma de obligado cumplimiento y susceptible de sanción.


 
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