NIE CADUCADO

Raquelcs

Miembro activo
Hola
estaba revisando los trabajadores extranjeros de mis clientes y de uno de ellos he visto que tiene el NIE caducado desde el 22/12/2016.
Entiendo que le tengo que pedir el NIE nuevo, pero en caso de que no lo tenga, supongo que habrá algún documento que justifique que haya pedido la renovación, ¿verdad?
 

BSK

Miembro activo
Raquelcs dijo:
Hola
estaba revisando los trabajadores extranjeros de mis clientes y de uno de ellos he visto que tiene el NIE caducado desde el 22/12/2016.
Entiendo que le tengo que pedir el NIE nuevo, pero en caso de que no lo tenga, supongo que habrá algún documento que justifique que haya pedido la renovación, ¿verdad?

Tienes que pedirle el documento de renovación de inmediato, si no te lo aporta hay que despedir de manera fulminante.
 

Raquelcs

Miembro activo
Gracias! me han mandado la renovación... me he quitado un peso de encima, ya tenía pálpitos.
Esto de estar pendiente de todo, incluso de cuando toca renovar los permisos a los extranjeros me parece ya excesivo.  :-\
 

Mr. White

Miembro activo
BSK dijo:
Raquelcs dijo:
Hola
estaba revisando los trabajadores extranjeros de mis clientes y de uno de ellos he visto que tiene el NIE caducado desde el 22/12/2016.
Entiendo que le tengo que pedir el NIE nuevo, pero en caso de que no lo tenga, supongo que habrá algún documento que justifique que haya pedido la renovación, ¿verdad?

Tienes que pedirle el documento de renovación de inmediato, si no te lo aporta hay que despedir de manera fulminante.

Hay 3 meses para renovarlo (con multa eso sí), tendría hasta el 22/03/2017, sería despido improcedente en culaquier caso ese despido, no hay causa ni objetiva ni disciplinaria.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Sí, Mr. White: sería objetivo por incapacidad sobrevenida. Y cuidado con la improcedencia porque, al no poder readmitir, habrías de pagar salarios de trámite hasta la sentencia.
 

ferrarito

Nuevo miembro
FERNANDO dijo:
Sí, Mr. White: sería objetivo por incapacidad sobrevenida. Y cuidado con la improcedencia porque, al no poder readmitir, habrías de pagar salarios de trámite hasta la sentencia.

Pero si es objetivo, que es lo que yo entiendo, no pagarías salarios de tramitación, haciéndolo todo bien. Comunicar la baja, y poniendo la indemnización a su disposición etc.
 

Mr. White

Miembro activo
FERNANDO dijo:
Sí, Mr. White: sería objetivo por incapacidad sobrevenida. Y cuidado con la improcedencia porque, al no poder readmitir, habrías de pagar salarios de trámite hasta la sentencia.

Pero si está en plazo para renovar ¿de qué incapacidad sobrevenida hablamos, Fernando? Cuando se le pase el plazo pues ahí sí...¿pero antes? Si puede trabajar perfectamente!!

Y  mayores: si le echas estando en plazo para renovar y te demanda y en el iterin resulta que renovó en plazo entonces sí puedes readmitir y no hay salarios de tramitación...

No empecemos las películas por el final, habrá que ir paso a paso...
 

Mr. White

Miembro activo
testa dijo:
FERNANDO dijo:
Sí, Mr. White: sería objetivo por incapacidad sobrevenida. Y cuidado con la improcedencia porque, al no poder readmitir, habrías de pagar salarios de trámite hasta la sentencia.

Pero si es objetivo, que es lo que yo entiendo, no pagarías salarios de tramitación, haciéndolo todo bien. Comunicar la baja, y poniendo la indemnización a su disposición etc.

Correcto.

La peli de miedo de Fernando (basada en un guión verídico del mago del terror, Mr. Tribunal Hichtcok Supremo) requiere que se declare improcedente el despido de un trabajador sin NIE, que el trabajador diga que es imposible que le readmitan y con eso se lleva la indemnizacion 33/45, los salarios de tramitación y un abrazo del Rey, a elegir entre los dos que tenemos.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Bien, bien, Mr. White. Aún está en vigor el permiso. Ahora bien, si despides sin causa y, en el interín, se renueva el permiso y readmites... sí que entiendo que habrían salarios de trámite, ¿por qué razón no existirían?
 

Mr. White

Miembro activo
Hombre, si readmite la empresa está claro, pero si el trabajador dice que como no puede la empresa readmitirle y que entonces extinga la relación laboral, el juez le dirá, chavalote, la empresa te puede readmitir perfectamente, no voy a extinguir la relaciòn laboral y ya será la empresa la que opte por indemnizarte o readmitirte.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Por supuesto, si se renueva el permiso no se da pie al pago de salarios de trámite. No te entendí bien.
 

Mr. White

Miembro activo
Y  mayores: si le echas estando en plazo para renovar y te demanda y en el iterin resulta que renovó en plazo entonces sí puedes readmitir y no hay salarios de tramitación...

Cierto, Fernando, me quedó muy ambigua, me refería a eso, que si la empresa puede readmitir, entonces el trabajador no puede pedir que se extinga la relación laboral y conseguir indemnización más salarios de tranitación.
 
Arriba