NO ACEPTACION MODIFICACION SUSTANCIAL

AL1978

Miembro conocido
Hola compañeros me surge una duda:

1. Presenta modificación de jornada con reducción de la misma de 25 horas a 10 horas semanales, causas económicas y de producción,  basado art. 41 ET. A mi entender bastante justificado.

2. El trabajador no está de acuerdo, pero tampoco quiere rescindir con 20 días. Y se le insta a que puede reclamar la modificación judicialmente pero sin perjuicio de su efectividad.

3. El trabajador manifiesta que el va a seguir haciendo el horario anterior, simplemente ha comunicado que no está de acuerdo con la nueva jornada.

Como preveo lío, que puede hacer la empresa en este caso? Sancionar al trabajador si no cumple la nueva jornada?

Nunca me había ocurrido, o reclamaban o extinguían... pero nada de nada  nunca

Muchas gracias
 

jcg73

Miembro activo
Situación complicada,  desde fuera le veo fácil solución: si se le ha comunicado formalmente, a final de mes pagarle sobre las 10 semanales.
 

signifer

Miembro
Como se le habrá dado el preaviso necesario, seguramente el trabajador se lo pensará mejor. Se asesorará, vaya.

Si ha contestado, por escrito, en los términos que dices, se le contestará que su nuevo horario es tal y que si no está de acuerdo tiene la vía de reclamar, cumpliendo su nuevo horario hasta la resolución o solicitar la rescisión indemnizada.

En el extraño caso que, llegado el momento, insistiese en su planteamiento de acudir en su horario anterior,  comunicarle que su comportamiento es sancionable y que se le niega el acceso al centro de trabajo fuera de su actual  horario de trabajo, ya reiteradamente comunicado.

Saludos
 

Mr. White

Miembro activo
Si incumple la nueva jornada y/o horario es indisciplina o desobediencia en el trabajo, y por tanto sancionable.
 

FERNANDO

Miembro conocido
La modificación es inmediatamente ejecutiva. Por tanto, puedes despedir al trabajador por indisciplina.
 
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