No asistencia al trabajo

rjgtijola

Miembro
Buenas. Si no asiste en el plazo que viene en el convenio se tramita baja voluntaria. Es preciso mandar un burofax comunicando dicha situación al trabajador?
 

Mr. White

Miembro activo
Imagino que el Convenio marca unos días de ausencia al trabajo como falta leve, otros como grave y otros como muy grave, y según la falta establecerá unas sanciones (entre las que seguro no viene dar de baja voluntaria).

Otra cosa será que queráis entender esas ausencias como una dimisión, y por extensión hacer click y dar de baja voluntaria, pero hay que medir muy bien los pasos, no ir a la mecagoendiez y disparar, por lo que evidentemente habrá que confirmar si el trabajador efectivamente está dimitiendo o no, por lo que como mínimo habrá que enviar un burofax, y no para decirle que está de baja voluntaria, sino para pedirle que justifique esas ausencias y a mayores que manifieste si va a volver o no a su puesto, o qué pasa...

Yo no soy muy partidario de meterme en esos charcos, la verdad, prefiero aplicar lo que dice el Convenio y que luego, en caso de despidos, sea el SEPE y la Inspección quien decida si tiene paro o no en base a si hay baja voluntario tácita o no (lo habitual es que si el despido es por ausencias continuadas e injustifcadas al puesto de trabajo el SEPE deniegue el paro y el despido sea declarado procedente).
 

rjgtijola

Miembro
Indica que la falta al trabajo por más de tres días sin comunicar en el periodo de un mes:
1.- Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días.
2.- Despido disciplinario.

Esto quiere decir que puedo optar por cualquier de las dos opciones?
Tengo que comunicar al trabajador por escrito que ha cometido una falta grabe o muy grabe?

Saludos.

 

Mr. White

Miembro activo
Por falta grave no puede haber despido, las sanciones que indicas deben referirse a falta muy grave.

A mí echar a alguien por faltar tres días, aunque no lo justifique, me parece claramente desproporcionado.

Mi consejo es sancionarlo con días de empleo y sueldo y no acudir al despido si no tiene antecendentes en su expediente disciplinario, si estamos hablando de tres días, si no es reincidente...

Si no, el riesgo de improcedencia es elevado.
 

fundación

Miembro conocido
De todas formas preguntabas por baja voluntaria, y lo que expones son sanciones por absentismo.
 
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