no entiendo nada

elchuske. clases pasivas

Miembro conocido
Esto es por curiosidad porque no lo entiendo. La vecina la han puesto en la calle. Despedida en enero despues de 18 años en la empresa.
La indemnizan sin problema y pide el paro
Nunca en los 18 años ha estado en el paro si exceptuamos el paro del COVID ERTE
Dias cotizados 1645. Dias con derecho 540 y dice que ha consumido 450, que alguien me lo explique???
periodo reconocio 02/02/26 a mayo 2026
 

yujurl

Miembro conocido
Recuerdo haber enviado esto a mis clientes en diciembre de 2021... no se si te servirá

  • El paro recibido hasta el 30 de septiembre de 2020 no consume días
  • A partir del 1 de octubre de 2020, el paro si se consumo SALVO en estas excepciones
    • Si se solicita la prestación después del 1 de octubre de 2026. Por ejemplo, si un trabajador después del ERTE, mantiene la relación laboral o concatena contratos sin necesidad de solicitar la prestación por desempleo más allá de octubre del 2026.
    • Si el trabajador, antes del 1 de enero de 2023, ve terminado su contrato temporal, o sufre un despido individual o colectivo por causas objetivas, o un despido improcedente y solicita la prestación.
 

elchuske. clases pasivas

Miembro conocido
Pues la ha jodido pero bien, Pero no entiendo 1645 dias es justo cuando se reincorporo despues del covid. Luego cuenta desde entonces su dias cotizados. Pues la empresa la ha dicho que si tiene problemas con el paro que la vuelven a readmitir que parece que la cosa esta mejor y las causas economicas parece que se van superando, Aunque si la cogen de nuevo alguien se va a mosquear.
Pongamos que la cogen de nuevo y la despiden .... el año que viene. Como quedaria esto del paro???
 

yujurl

Miembro conocido
Pues aparentemente como ya ha solicitado la prestación el consumo de esos dias de erte covid quedan definitivos. Pero sinceramente lo interpreto de lo que mandé en su momento, no he ido a la fuente
 
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