`no me dejan incorporarme antes de la fecha firmada reduccion laboral

mayte.v

Nuevo miembro
hola me he estado informando en muchos sitios y el caso es q tube a mi hija y pedi despues de la bja maternal una reduccion de jornada con fecha de incorporacion el 28 de febrero del 2010 este papel lo hice con mi jefe y lo firmamos solicitandolo a la empresa ahora le pido la incorporacion antes de la fecha pq mi marido se ha qdado en paro y me dice q no se puede, informandome el instituto de la mujer, me dijo q si podia mandando un burofax a mi empresa q asi la negacion seria por escrito y podia hacer algo le volvi a reclamar a mi jefe q queria hacer un escrito y me salto q ya me estaba contestando la empresa q  no se podia llevo dos dias discutiendo por eso incluso me fui llorando pq me salto _q quieres q la mujer q esta por ti la rompamos el contrato?ella tambien tendra problemas ,le salte q yo miraba por mi familia y me salta q me estoy informando mal q derecho tengo a reclamar mi jornada cuando hay una mujer q me sustituye hasta el dia 28 de febrero?
 
Me parece una situación compleja ...pero no veo  que puedas adelantar tu incorporación si la empresa no quiere/puede. En efecto, tu, con todo tu derecho, solicitaste, dada tu situación personal, la reducción de jornada. La empresa te lo admitió, aplicando la norma que le OBLIGA y para cubrir esa situación contrato a otra MUJER tambien con su propia situación personal. Supongo que la contrató por el tiempo de la reducción pactada, por lo que si ahora la empresa decide reincorporarte anticipadamente y no necesita a tu suplente, deberá DESPEDIRLA y eso le cuesta dinero. No veo que puedas obligarla a tu vuelta antes de lo pactado.
 

DAVIDIRU

Nuevo miembro
Hola. pues yo pienso que habria que ver en que condiciones se pactó la reducción de jornada en cuanto a su duración. si en el escrito no se puso fecha de término y en el contrato de la sustituta tampoco, no veo el problema. tampoco lo vería si aún poniendolo y si en el contrato de la nueva no pone fecha final pues igual podria ser. pero lo que dice salvador puede resultar un tanto complejo
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Igual me pierdo algo pero entiendo que cuando la consultante dice "reducción de jornada" se refiere a la "excedencia por cuidado de hijo".

Durante la misma la trabajadora excedente (y dentro de este tipo de excedencia) tiene reserva de puesto de trabajo (y durante el primer año de su mismo puesto de trabajo). Ante esta situación la empresa puede cubirir su ausencia mediante un  contrato de interinidad, cuya duracion quedará condicionada por la duracion efectiva de la excedencia.

Y en ese sentido, nuestros tribunales entienden que nada impide que el trabajador excedente (insisto, en el caso de excedencia por cuidado e hijo menor de 3 años) solicite la reincorporacion antes de la finalizacion del periodo de excedencia solicitado incialmente.

Si esto se produce, respecto al trabajador interino, el contrato finaliza por llegar éste a su término (aunque sea en una fecha distinta a la prevista), no es un despido, no se trata, por tanto de que "le rompan el contrato" ni de que la interina pueda tener o no problemas, es siemplemente lo correcto e, insisto, la empresa no puede denegarle la reincorporacion en la fecha que solicita la empleada, no puede obligarle a esperar a que llegue la fecha incialmente prevista ni supone tampoco ningún obstáculo la existencia de ese contrato de interinidad.

Y bueno, si resulta que no estamos hablando de un caso de excedencia por cuidado de hijo ya nos lo aclarará la consultante.
Un saludo
 

FERNANDO

Miembro conocido
Vamos a ver;

1.- la concreción del periodo corresponde al trabajador. Si antes del vencimiento quiere volver,puede hacerlo preavisando cno 15 días de antelación.

2.- La trabajadora interina, smiplemente, ha de marchar cuando tu vuelvas a tu horario normal. Sin problema alguno pues es una extinción legal de contrato de trabajo.
 

mayte.v

Nuevo miembro
si yo firme hasta el dia 28 de febrero del 2010 y si ,es por cuidado de una menor tiene 9 meses lo q pasa q en la solicitud no lo pone aunque en la respuesta de la empresa me contesta q acepta la reduccion de jornada por guarda legal de un menor ,mi jefe me hizo hasta llorar diciendome q no me importaba la otra persona q el tenia por mi contrato y le dije q queria hacer un escrito para recibir la negacion por escrito y me salto q ya me estaba diciendo q no la empresa,vamos q como q las decisiones las tomaba el ,el caso q tambien me dijo q si la otra mjer q me cubreles podia denunciar ya q tiene fecha de finalidad su contrato hasta el dia 28 vamos q ahora mismo estoy en una mala situacion econom ica por eso y el lo sabe y me salto q la otra señora tambien tendra sus problemas ,despues de 12 años en la empresa y me encuentro con esto ahora cuando lo necesito su mujer q es la encargada me dijo q me estaban asesorando mal q podia consultar con un abogado si queria .
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Ajá, entonces de trata de una reducción de jornada por guarda legal (como hablabas de "incorporación" pensaba que se trataba de una excedencia, veo que te referías a volver a jornada completa.

En fin, yo creo que ya está todo dicho, tienes todo el derecho a volver a jornada completa, preavisando con 15 dias, al margen de que la fecha prevista fuera otra. De hecho, cuando solicitas la reduccion de jornada por guarda legal no es obligatorio concretar la duracion de la reduccion. Mientras el hijo tenga menos de 8 años de puede mantener hasta que al trabajador lo decida (con el referido preaviso). Si, por lo que sea, lo concretastes (es ahí donde tal vez estuviste mal asesorada, porque, insisto, no es necesario concretar la duracion de la reduccion de jornada), sólo tiene valor como simple referente, sin sere un condicionante absoluto.

Y que se dejen de milongas y no mezclen las cosas ¿tratan de impedirte volver a jornada completa en base argumentos legales o simplemente quieren hacerte un chantaje emocional con lo que lo mal que lo va a pasar la sustituta?.
En el aspecto legal, hazles entender que los que están mal asesorados son ellos y si no te creen ya se lo explicará el sr. juez (aunque es triste entrar en pleitos con la empresa por estos motivos), aunque seguro que saben que lo que pides es del todo legal.
La sustituta no puede demandar porque aun en el caso de que hayan indicado una fecha concreta de fin de contrato, si han hecho un contrato de interinidad la duracion de éste queda condicionada a tu reincorporacion a jornada completa, ésta es la circunsancia que determina el fin  del contrato, no la fecha que hayan podido indicar, que es sólo un referente, en absoluto vinculante. Pero que se aclaren con el problema, ¿es un problema legal o el problema es lo mal que va a pasarlo la sustituta?. Que no mezclen cosas porque se les ve el plumero.


 

FERNANDO

Miembro conocido
Lo que tienes que hacer es solicitar la reincorporación por escrito a tu anterior horario. Envía burofax y, si no quieren, pues demanda por la vía de vulneración de derechos fundamentales + correspondiente indemnización.
 

mayte.v

Nuevo miembro
segun el jefe nose puede romper el contrato pq esta contratada hasta el dia 28 de  febrero q es cuando firme mi incorporacion a jornada completa ,lo malo de todo esto q tengo q estar muchos años trabajndo ahi y me da miedo q luego me putee en algun otro sentido ,todo el mundo me dice q haga un escrito pidiendo mi incorporacion en 15 dias ,el  problema q no lo puedo mandar directamente a la empresa tiene q pasar por sus manos para poder mandarlo y segun me dijo ya me estaba contestando q no la empresa pero claro siempre q este algo por escrito mejor no?pq tendran q dar el motivo por el q no me puedo incorporar no?
 

Nando_bcn

Miembro conocido
El problema es ese, Mayte, que en ese empresa probablemente vas a seguir muchos años y este tipo de conflictos pueden condicionar mucho tu vida ahí y eso es algo que tú debes valorar. Pero a nivel legal, insisisto, que se dejen de milongas, no se trata de que no puedan romper ningún contrato, nada te impide volver a tu jornada completa. No es una reducción de jornada voluntaria acordada entre la empresa y el trabajador (en la que acordais unos plazos que hay que respetar), estamos ante una reducción de jornada por guarda legal, y si han hecho u contrato de interinidad (por cierto ¿es de interinidad el contrato de la sustituta?) para cubrir la parte de la jornada en que ahora no trabajas, ese contrato finaliza y de forma perfectamente válida en el momento en que vuelves a jornada completa. Y como ya se ha dicho, para volver a jornada completa simplemente es exigible el preaviso de 15 días, cualquier fecha que se haya fijado en el documento de reduccion sólo tiene valor como mero referente, para nada como condicionante absoluto.

Si van por ahí, y como ya te han dicho, no te queda más opción que comunicarles por burofax tu intencion de volver a jornada completa en 15 dias. Llegado el momento, trabajas ya a jornada completa y ya verán ellos que hacen con la sustituta. Y si te lo impiden, denuncia al canto y ya se verá quien es el que está mal asesorados (seguro que ellos están bien asesorados pero imagino que tratan de jugar la carta de que te dejes confundir por ellos). Al final el condicionante es el que ya hemos apuntado, el que estas cosas no suele ser muy prácticos tener que exigirlas por vía judicial.
En fin, suerte, ya nos dirás.
 

CHARO

Miembro conocido
Como ves Nando, lo difícil que nos resulta ejercitar nuestros derechos, siempre baja amenazas y en la lista negra de las empresas, erre, que erre... más de lo mismo. Saluditos
 
No lo veo tan claro como Vds. Es que esta señora yá preavisó, yá pactó en su momento al fijar la fecha de vuelta a la jornada completa para febrero, no para otra fecha, por lo que la empresa ha cumplido con su obligación legal. Estos cambios unilaterales se asimilan a los efectos de los despidos/dimisiones cuando se producen cambios sobre decisiones yá tomadas. Cada cual soporta su responsabilidad. Y el contrato, por qué va a ser de interinidad? Y si han utilizado otra modalidad para cubrir ese puesto en tanto se llegue a la fecha solicitada por la señora?

Y si preaviso para reincorporarme pasado mañana y cuando llegue pasado mañana vuelvo a dar otro preaviso para 15, 13 o 18 dias más tarde? No dejaremos a la empresa en cierta indefensión?

Pero si de lo que se trata es de hostigamiento por haber pedido la reducción por guarda legal, entonces Mayte, denuncia ante la Inspección dicha circunstancia.
 

CHARO

Miembro conocido
Perdona Salvador, pero no estoy de acuerdo contigo, la Ley solo habla de preavisar con 15 días de antelación a la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria.
 

CHARO

Miembro conocido
Y ella en su primer escrito solo plasmo su intención de reducirla sobre esas fechas. No considero está como la notificación de preaviso para su reincorporación a jornada completo, al menos yo lo veo así.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Sí, Salvador, tienes razón, pero la ley dice que hay que preavisar con 15 días antes de volver a la jornada habitual, con lo que parece poner en manos del trabajador la posibilidad de volver cuando lo crea oportuno y pactar fechas podría ser contrario a ley.
 

mayte.v

Nuevo miembro
bueno, daros las gracias a todos pero despues de mucho pensar no me merece la pena revolver todo,ya q tengo q estar muchos años ahi y no esta la cosa como para volver a buscar trabajo, el caso es q ando con mucha ansiedad pq en el trabajo me pongo a llorar a la minima y se me duerme  hasta el brazo hoy voy al medico a coger la baja y mi pregunta ahora es otra, si se cumple la fecha hasta cuando firme la media jornada y coincidiria q estoy de baja q pasaria seguiria cobrando media jornada?
 

CHARO

Miembro conocido
Si como bien dices, no quieres mover nada porque te quedan muchos años en esa empresa, ¿vas a coger la baja hasta Febrero?, pues no sé que es peor la verdad.
 

mayte.v

Nuevo miembro
lo dices por lo q piense la empresa?decirte q llevo con ansiedad desde hace un año nunca he cogido la baja por ese motivo un par de veces tube q acudir a urgencias por dos crisis pero coincidio q estaba de baja maternal  ,el problema q la vez q me dio una crisis fuerte empezo con hormigueo en un brazo como ahora ,antes cuando me dio no sabia el pq ya q no tenia ningun problema ,lo cual me dijeron q del estrex de la niña (soy primeriza) pero ahora realmente tengo problemas y nunca me ha pasado de llorar en el trabajo ,estar trabajndo y caerseme las lagrimas sin mas ,y realmente despues de lo q han hecho conmigo no voy a jugar con mi salud y estar trabajndo cuando no estoy bien ya q como he visto no me agradecen nada,esta  semana me ha salido un  sarpullido en la barbilla q lo tengo en carne viva todo de nervios y he estado trabajando pero viendo q se me duerme el brazo tambien no quiero q me de una crisis de ansiedad ya q se pasa muy mal ,se q pensaran q es venganza o algo pero simplemente  no me encuentro bien y gracias a ellos.
 
J

jou

Guest
y como veis su situacion si vuelve a jornada completa?? viendo como se las gasta el empresario... si le gana la partida y se incorpora antes del 28/02.. perderá el blindaje de su guarda legal...y conociendo como piensan este tipo de empresarios.... apostaria a que en cuanto se reincorpore le pone la carta de despido por delante.
 

mayte.v

Nuevo miembro
jou ,no entiendo tu mensaje q dices q por coger la baja me despide?estando fija de centro?pq? o lo dices si hubiera removido todo y hubiera entrado a mi jornada completa?
 
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